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Facturas A a Monotributistas Adaptación Ley Nº 27.618 - siendo Monotributista.
Facturas A a Monotributistas Adaptación Ley Nº 27.618 - siendo Monotributista.

Diciembre 2021

Actualizado hace más de una semana

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Nos actualizamos para cumplir con la nueva Resolución General de AFIP.

Mediante esta resolución establecida por AFIP a partir del 1/7/2021, Ajustando al 01/01/2022 su obligatoriedad. Colppy adecuará las normas referidas a la emisión de comprobantes a contribuyentes Monotributistas. Con respecto a la misma deberán ajustarse las siguientes condiciones que se establecen por la presente resolución general:

  • Los Responsables inscriptos deben emitir comprobantes clase “A” por sus operaciones con sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) -en lugar de comprobantes clase “B”-

  • Los comprobantes emitidos a sujetos monotributistas deberán contener la leyenda: ‘El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618’.

Lo mejor es que ¡no tenés que hacer nada! Colppy se encarga de validar la condición del contribuyente para emitir el tipo de factura correspondiente e incluir la leyenda.

Para ampliar esta información, visita el siguiente link de AFIP.


Por el momento deberás registrar la factura de tu proveedor por el total del comprobante sin discriminar el IVA.

Ya estamos trabajando para que pronto se visualice el detalle del IVA en el comprobante.

Te brindo un ejemplo:

Podrás continuar registrando comprobantes "B" sólo si el mismo tiene fecha de emisión previa al 01/01/2022. Caso contrarió estará mostrándote la siguiente validación debido a la obligatoriedad infundida por AFIP:


¿Ha quedado contestada tu pregunta?