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eSueldos - Errores Frecuentes LSD
eSueldos - Errores Frecuentes LSD

Veremos los errores frecuentes al cargar nuestro archivo TXT al aplicativo de AFIP - Libro de Sueldos Digital y como solucionarlos.

Actualizado hace más de una semana

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A continuación veremos los errores frecuentes en Libro de sueldos Digital

  • De acuerdo a los datos ingresados, el Código de obra social debe ser cero.

  • La cantidad de registros 04 informados en el registro 01 (XX) no coincide con los encontrados (XX)

  • El aporte de SIPA / PAMI / OBRA SOCIAL calculado por AFIP en el periodo es de $0,00 y Ud. informa $XXX

  • Los errores en bases imponibles de aportes 1, 4 y/o 5 pueden ser generados por falta de indicación de días liquidados de vacaciones / SAC / SAC Proporcional.

  • El XXX determinado no puede ser negativo (XXX: ítem de Datos complementarios del F931 Ej. Sueldo - Adicionales)

  • La base imponible 4/8 informada a nivel de nómina XXX difiere de la

    determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

  • La remuneración bruta informada XXX a nivel de nómina difiere de la determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

  • Código de concepto inexistente.

  • La base imponible 9 informada a nivel de nómina XXX difiere de la determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

  • Debe informar días / horas trabajadas.

  • La base imponible 4/8 informada a nivel de nómina XXX difiere de la

    determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

  • La base imponible 8 informada a nivel de nómina (0,00) difiere de la determinada $XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

  • El importe a detraer no puede superar al tope establecido por la ley 27.430

  • El resultado del importe detraído sobre la remuneración 2 no puede ser menor al mínimo imponible vigente

  • La base imponible 10 informada a nivel de nómina XXX difiere de la determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas y el importe a detraer

1)- Errores relacionados a la carga de datos en el legajo del empelado:

  • De acuerdo a los datos ingresados, el Código de obra social debe ser cero.

Este error puede tener dos causas:

-Si el legajo del empleado tiene cargada en la estructura de cargo, condición de servicios: Jubilado. En el campo Obra social debe indicarse: 0 - Sin Obra Social / PAMI.

-Si en la estructura de cargo, condición de servicios quedo sin completar, el sistema de AFIP tomara que el empelado es Jubilado y pedirá que se informe sin obra social.

Para corregirlo, ingresar al legajo del empleado y completar ambos campos, el código de condición y la obra social correspondiente.

  • La cantidad de registros 04 informados en el registro 01 (XX) no coincide con los encontrados (XX)

Al momento de importar el archivo de liquidación, en el registro 01 se informan la

cantidad de CUILES incluidos en la liquidación. Dicha cantidad debe ser igual al número de registros 04.

Este error surge a partir de la falta de información, solicitada por Afip, en los legajos.

Se recomienda revisar los últimos legajos ingresados a la nómina y corroborar que hayan cargado la siguiente información:

-CONDICION

-ZONA/ ACTIVIDAD/ REGIMEN.

Cuando estos datos no se completan el TXT no migra las bases imponibles de ese empleado (Registro 04).

  • El aporte de SIPA / PAMI / OBRA SOCIAL calculado por AFIP en el periodo es de $0,00 y Ud. informa $XXX

Si el dato condición de los servicios en la estructura de cargo del empleado no se encuentra completo, las bases serán migradas en cero, por lo que los aportes calculados por AFIP serán cero y no se podrán validar con lo informado en el concepto del aporte al enviar la liquidación (Registros 03).

Para resolver estos se debe ingresar al legajo del empleado y completar en la estructura de cargo, el código de condición de los servicios.

2)-Errores Relacionados a la carga de novedades:

  • Los errores en bases imponibles de aportes 1, 4 y/o 5 pueden ser generados por falta de indicación de días liquidados de vacaciones / SAC / SAC Proporcional.

Debemos verificar como están configurados los conceptos SAC - VACACIONES Y SAC PROPORCIONAL revisando que en el campo Unidades se estén informando los días.

En el caso de que los conceptos estén bien parametrizados pero en la liquidación nosotros forzamos el valor de dicho concepto, tenemos que asegurarnos de indicar también las unidades ya que al forzar liquidamos lo cargado manualmente y no lo parametrizado en el concepto.

  • El XXX determinado no puede ser negativo (XXX: ítem de Datos complementarios del F931 Ej. Sueldo - Adicionales)

Cuando se tengan que generar liquidaciones donde se acrediten haberes y luego se debiten, se debe tener en cuenta la naturaleza de los conceptos para netearlos correctamente.

En los casos que acrediten sueldo, adicionales, incremento solidario, premios y/o vacaciones se debe abrir los débitos con las mismas asociaciones:

Ejemplo, si tengo licencia sin goce de sueldos todo el mes y liquido el recibo de la siguiente manera, en LSD dará error:

Ya que estaría informando en los datos complementarios:

SUELDO: $50000 - $60000 dando resultado negativo (inválido) y en Adicionales 10.000.

Para corregir este error, se debe liquidar de manera tal que los conceptos crédito y debito queden correctamente neteados dentro de su naturaleza, en este caso SUELDO Y ADICIONALES:

O liquidar directamente sin desglosar los adicionales, dado que los mismos se calculan en función al sueldo básico o días trabajados, al verse disminuido ese importe los mismos serán en proporción a tal valor, en este caso al no tener días no se calcularían.

3) - Errores en los conceptos de liquidación.

  • La base imponible 4/8 informada a nivel de nómina XXX difiere de la determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

Se debe primero verificar dentro del CCT que usamos, que el concepto 908 - Base Obra Social este creado y correctamente configurado (El mismo debe coincidir con con la base usada para determinar los conceptos de Aportes Obra Social tanto remunerativo como no remunerativo).

Por otro lado si el empelado es jornada parcial debemos verificar también que se este liquidando el concepto 911 - Base Dif. Rem 4 y 8 que informa la diferencia entre el concepto 908 - Base Obra Social y los haberes liquidados sujetos a aportes y contribuciones de obra social (Remunerativos y no remunerativos)

También tenemos que asegurarnos que en Conceptos en LSD- AFIP cargamos correctamente nuestros conceptos de liquidación con sus correspondientes asociaciones, principalmente los no remunerativos ya que los que tienen aportes y contribuciones a Obra Social deben cargarse marcando los correspondientes subsistemas:

  • La remuneración bruta informada XXX a nivel de nómina difiere de la determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

Se debe verificar que los conceptos incluidos en la liquidación de sueldos (Registros 03 del archivo TXT) tengan la correcta clasificación con Crédito/ Debito dentro del CCT, de lo contrario no se validará con los importes informados por las bases imponibles ( registros 04 del archivo TXT)

  • Código de concepto inexistente:

Este error se debe a que se esta informando en el TXT de LSD un concepto que fue liquidado en el sistema pero no se parametrizo en los Conceptos AFIP -LSD en el módulo de parametrización de conceptos.

Se sugiere revisar la parametrización y cargar los conceptos faltantes y/o corregir los conceptos informados en la liquidación. Desde la solapa CONCEPTOS:

4) - Errores que surgen por la configuración de las bases imponibles / Acumuladores:

  • La base imponible 9 informada a nivel de nómina XXX difiere de la determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

Debemos corroborar que los conceptos no remunerativos que pagan LRT estén sumando en el acumulador 54 - Remuneración imponible 9 dentro del CCT.

Y que en Conceptos - LSD AFIP también estén correctamente cargados con el tilde en la remuneración 9.

  • Debe informar días / horas trabajadas.

Se debe verificar el acumulador dentro del CCT controlando que el mismo este informando los conceptos que usamos para liquidar los días.

Como también controlar que al liquidar estemos informando las unidades en dichos conceptos,

  • La base imponible 4/8 informada a nivel de nómina XXX difiere de la determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

Se debe verificar el concepto 908 - Base Obra Social ya que es el que migra las bases de las remuneraciones 4 y 8 y asegurarnos que coincida con los aportes de obra social calculados.

Estas remuneraciones (4 y 8) corresponde a la suma de los conceptos remunerativos que conforman la liquidación de sueldos, los conceptos no remunerativos que tributen a contribuciones de Obra Social y la base diferencial.

Ante un error en la base imponible 4 / 8, verificar:

-El concepto 908 - BASE OBRA SOCIAL que exporta a las remuneraciones 4 / 8 y debe coincidir con la base usada para determinar el aporte a la obra social (Remunerativo y no remunerativo).

-La parametrización de los conceptos no remunerativos en AFIP (si tienen o no aportes y contribuciones a la obra social).

Si en Colppy Sueldos liquidamos un concepto no remunerativo con aportes y contribuciones a la obra social debe configurarse igualmente en Conceptos - LSD AFIP:

Si además son base de calculo de LRT:

Si no integran la base de LRT:

- Se debe verificar también El valor informado en en concepto 911 - Base dif. Rem 4 y 8, este se liquida cuando los empleados son jornada parcial e informa la diferencia entre lo base (908) y los conceptos liquidados sujetos a aportes y contribuciones de obra social:

  • La base imponible 8 informada a nivel de nómina (0,00) difiere de la determinada $XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.

Esto se debe a que dentro del CCT que usamos para liquidar no se encuentra creado el concepto 908 - Base Obra Social, debe agregarse y configurarse correctamente al igual que el 911 - Base Dif. Rem 4 y 8

Podes consultar el siguiente articulo para aprender a crear conceptos en tu CCT:

5) - Errores relacionados a la detracción

  • El importe a detraer no puede superar al tope establecido por la ley 27.430

Tenemos que ingresar al CCT y verificar que el concepto Detracción este correctamente configurado y proporcional a los días trabajados y jornada del empelado.

Revisar que no se este liquidando dos veces, por ejemplo en los casos de bajas donde liquidamos por separado la liquidación mensual de la final, tenemos que asegurarnos que la detracción se liquide solo en la mensual, para eso debemos ingresar al concepto en el CCT y sacar la tilde de la liquidación final.

Si realizamos la liquidación final íntegra en la tipo final, debe quedar tildado.

  • El resultado del importe detraído sobre la remuneración 2 no puede ser menor al mínimo imponible vigente

La ley 27.430 establece una disminución en la base de contribuciones de Seguridad Social que se calcula aplicando una detracción sobre la base de la remuneración imponible 2. Este valor se guardará en la DJ en la Remuneración 10, ésta no puede resultar menor al mínimo previsional vigente del período.

Para corregir este error se debe verificar que este bien configurado el concepto detracción, para eso pude ser de ayuda el siguiente articulo:

  • La base imponible 10 informada a nivel de nómina XXX difiere de la determinada XXX a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas y el importe a detraer

La determinación de base imponible 10 queda definida exclusivamente por la existencia de un importe a detraer a aplicar. De no existir importe a detraer, la base 10 no se calcula por lo cual es cero.

Para verificar que estemos considerando esto debemos en primer lugar asegurarnos de tener creado el concepto 912 - Base Mínima dentro del CCT, luego debemos chequear el acumulador 59 dentro de CCT, que se este sumando el concepto 912 - Base Mínima:

Dicho concepto anula el valor del concepto 993 - Total de Haberes Sujetos en la remuneración 10 para que en los casos donde no se liquida detracción tampoco se informe remuneración 10:


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