Mediante una publicación en su página web, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detalló los criterios según los cuales se practicarán las retenciones del impuesto Cedular a partir del 1 de enero de 2024:
Aplica a sujetos con mayores ingresos (trabajadores en relación de dependencia y jubilados, entre otros) y entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2024
El mínimo no imponible equivale a 15 salarios mínimos vitales y móviles
El procedimiento para practicar la retención sobre los ingresos detallados precedentemente es el que surge, en su parte pertinente, de la RG 4003-E/2017, que se encuentra en vigencia
El mínimo no imponible del mencionado régimen equivale a 15 salarios mínimos vitales y móviles, por lo cual el impuesto aplica a sujetos con mayores ingresos: trabajadores en relación de dependencia y jubilados, entre otros.
El procedimiento para practicar la retención sobre los ingresos detallados precedentemente es el que surge, en su parte pertinente, de la Resolución General N° 4003-E/2017 —específicamente, en su Anexo II.
Te contamos cómo nos adecuamos a la norma en Colppy Sueldos para el control del mismo:
En primer instacia el sistema buscará saber la modalidad de contratación de cada legajo para determinar si se debe aplicar el Régimen General o Cedular, este dato lo verá en siguiente campo:
Recordemos que en los casos de Directores (modalidad de contratación 99/ 49 etc) sigue vigente el régimen general, con algunas modificaciones con respecto a las deducciones y en caso de no tener esa modalidad de contratación avanza con el régimen cedular que tienen de tope 15 salarios mínimos vitales. Actualmente $2.340.000.
El sistema seguirá liquidando el impuesto bajo el concepto 750 - Impuesto a las ganancias (recordá que el nombre del concepto es editable por los usuarios) en ambos casos (régimen general o cedular).
Las deducciones del Artículo 30 de la Ley del Impuesto a las ganancias por el período 2024 y los tramos de escala (Art. 94) mensuales se pueden ver desde el panel de ganancias:
Recordá que podrás ver el detalle de la retención desde el panel de ganancias:
Y que lo podrás descargar siempre en Excel o PDF 😎
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