¿La Cotización Adicional de Salud Rebaja la Base Tributable?
Si, la cotización Adicional de Salud si puede disminuir la base tributable de una persona para el calculo de impuesto único, pero dicha rebaja no puede exceder en conjunto con la cotización obligatoria del 7%. (Tope (84,3 UF * 7% =5.901).
Ejemplo de posibles escenarios:
Plan de Salud Mayor al Tope | Ejemplo el trabajador tiene un plan Isapre de 7.3UF | El Plan de Salud del trabajador En este caso al ser el plan mayor al tope de salud el máximo a rebajar para la base tributable por salud es el monto del tope que serian solo 5.901 UF |
Plan de Salud Menor al Tope | Ejemplo el trabajador tiene un plan Isapre de 4.5UF | El plan de salud del trabajador en este caso es menor al tope por lo que se puede rebajar el plan completo en este supuesto las 4.5 UF para el calculo de la Base Tributable |
Plan de Salud igual al Tope | Ejemplo el trabajador tiene un plan Isapre de 5.901UF | En este caso al ser el plan igual al tope se puede descontar el plan completo para el calculo de la base tributable que serian los 5.901UF |
Dato Adicional Importante: Recordar también que el mínimo a pagar de salud siempre sera el 7% de la base imponible no se puede cotizar menos que esto.
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