Para actividades vinculadas a servicios, AFIP/ARCA te permitirá facturar con una anterioridad de hasta 10 días.
Para actividades relacionadas a la comercialización de bienes, el plazo es de 5 días hacia atrás.
La única condición para que puedas emitir un comprobante con fecha anterior es que aún no hayas hecho facturas con posterior a ésta que queres emitir