TÉRMINOS Y CONDICIONES
Oferta Pública de Tokens
PROGRAMA MONETAE MARKETS
I. Disposiciones Generales
El presente documento establece los Términos y Condiciones (los “Términos y Condiciones”) que regulan la participación, suscripción, tenencia, negociación, redención y demás derechos y obligaciones aplicables a los activos digitales emitidos bajo el Programa Monetae Markets (el “Programa”), un programa estructurado de emisión por Series independientes de Acciones Tokenizadas, instrumentado por MONETAE SECURITIES, S.A. DE C.V. (el “Emisor”), bajo la modalidad de Oferta Pública de Activos Digitales de Ingresos, conforme a la Ley de Emisión de Activos Digitales de la República de El Salvador (la “LEAD”) y la normativa secundaria emitida por la Comisión Nacional de Activos Digitales (la “CNAD”). Los presentes Términos y Condiciones forman parte integrante del marco contractual que rige la Emisión y resultan vinculantes para todos los inversionistas que adquieran, mantengan o negocien Tokens emitidos bajo cualquiera de las Series del Programa (los “Tenedores”).
Los Tokens emitidos bajo el Programa (los “Tokens Monetae Markets” o los “Tokens”) constituyen activos digitales fungibles, fraccionables hasta ocho (8) decimales, que otorgan a sus Tenedores derechos económicos vinculados al desempeño de la Acción Subyacente correspondiente a cada Serie habilitada mediante su respectivo Aviso de Habilitación por Serie. Cada Serie del Programa se identifica mediante el prefijo “m.” seguido del símbolo bursátil (ticker) de la Acción Subyacente a la que se vincula (por ejemplo, “m.AAPL” para acciones ordinarias de Apple Inc.), manteniéndose en todo momento la relación de respaldo uno a uno (1:1) entre Tokens en circulación y Acciones Subyacentes en custodia.
La adquisición de los Tokens no confiere derechos corporativos, políticos, de voto, de información societaria, de administración ni de control alguno sobre el Emisor, sobre la Fundación Monetae International (la “FIP”), sobre el emisor de la Acción Subyacente, ni sobre cualquier otra entidad participante. El derecho del Tenedor es exclusivamente económico y se ejerce frente al Emisor conforme al esquema de doble cesión abierta de derechos económicos descrito en el Documento de Información Relevante (el “DIR”). Los Tokens no constituyen valores tradicionales, instrumentos de deuda, depósitos bancarios, productos con capital garantizado, ni instrumentos financieros distintos al expresamente autorizado por la CNAD.
Los presentes Términos y Condiciones se complementan con el DIR de la Emisión, el cual contiene las características operativas, financieras, tecnológicas y legales del Programa y de cada Serie habilitada. En caso de discrepancia entre estos Términos y Condiciones y el DIR, prevalecerá lo dispuesto en el DIR, sin perjuicio de las actualizaciones, modificaciones o complementos autorizados por la CNAD. Asimismo, las condiciones particulares aplicables a cada Serie (incluyendo, entre otras, identificación del ticker, dirección del contrato inteligente, moneda de negociación y fecha de habilitación) se encuentran contenidas en el correspondiente Aviso de Habilitación por Serie, el cual constituye un anexo dinámico del DIR y forma parte integrante de los presentes Términos y Condiciones para la Serie de que se trate.
Los términos en mayúscula inicial utilizados en el presente documento que no se encuentren expresamente definidos tendrán el significado que se les atribuye en el DIR, en su Glosario o en el Aviso de Habilitación por Serie aplicable. Las referencias a conceptos operativos, financieros o tecnológicos deberán interpretarse en concordancia con dichas definiciones.
Términos y Condiciones de la Aplicación
Los presentes Términos y Condiciones constituyen las condiciones particulares aplicables al Programa Monetae Markets y a los Tokens emitidos bajo el mismo, y se entienden incorporados a, y como parte integrante de, los Términos y Condiciones generales de uso de la aplicación y plataforma operadas por FINTECH AMERICAS, S.A. de C.V. (“MONETAE”) (los “Términos de la Plataforma”). La aceptación de los presentes Términos y Condiciones es requisito necesario e indispensable para acceder, registrarse y utilizar la aplicación Monetae Markets, así como para suscribir, negociar, mantener o redimir Tokens. En caso de discrepancia entre los presentes Términos y Condiciones y los Términos de la Plataforma respecto de materias propias del Programa o de los Tokens, prevalecerán los presentes Términos y Condiciones; en lo no previsto por éstos, los Términos de la Plataforma resultarán aplicables de forma supletoria.
La adquisición, transferencia, redención o tenencia de Tokens Monetae Markets implica la aceptación plena, irrevocable y sin reservas de los presentes Términos y Condiciones, del Documento de Información Relevante y del Aviso de Habilitación por Serie aplicable. El inversionista declara haber leído y comprendido las características, riesgos, derechos y restricciones aplicables a los Tokens, así como los mecanismos de suscripción, negociación, custodia, distribución de derechos económicos y supervisión establecidos por el Emisor y por los Proveedores de Servicios de Activos Digitales intervinientes. La adhesión a estos Términos y Condiciones se formaliza mediante la utilización de la plataforma de negociación autorizada operada por FINTECH AMERICAS, S.A. de C.V. (“MONETAE”), a través de la cual se realiza la suscripción o adquisición de los Tokens.
II. Resumen de Participantes y Roles en la Emisión
El Programa Monetae Markets se estructura sobre un esquema de gobernanza institucional tripartito que separa funcionalmente los roles de emisión, custodia patrimonial y administración/representación, en beneficio de la protección de los Tenedores. A continuación se describen los participantes y sus respectivos roles:
1. Emisor
• MONETAE SECURITIES, S.A. DE C.V., sociedad constituida conforme a las leyes de la República de El Salvador, con domicilio en Final Avenida La Capilla No. 624, Colonia San Benito, Distrito de San Salvador, es la entidad responsable de la estructuración, emisión, colocación, operación, administración económica de los Tokens y eventual redención de los Tokens Monetae Markets. El Emisor actúa como Mandante bajo el Mandato y Administración de Activos de Terceros suscrito con la FIP, dirigiendo la operativa de adquisición uno a uno (1:1), administración ordinaria y, en su caso, liquidación de las Acciones Subyacentes en nombre y por cuenta de la FIP, dentro de los límites y controles establecidos en el DIR. El Emisor es el único responsable frente a los Tenedores por las obligaciones derivadas de la presente Emisión.
2. Proveedor de Servicios de Activos Digitales (PSAD), Estructurador, Plataforma de Negociación y Custodio de Tokens
• FINTECH AMERICAS, S.A. DE C.V. (“MONETAE”), entidad registrada ante la CNAD bajo el número PSAD-0018, actúa simultáneamente como (i) Estructurador de la Emisión, (ii) Proveedor de Servicios de Activos Digitales, (iii) Plataforma de Negociación primaria y secundaria, (iv) Custodio de los Tokens y (v) Mandatario Operativo bajo el Mandato y Administración de Activos de Terceros, facultada para ejecutar las instrucciones del Emisor ante Alpaca Securities LLC en nombre y por cuenta de la FIP. Sus funciones comprenden la operación de la plataforma tecnológica a través de la cual se realiza la suscripción, comercialización, custodia, registro de transacciones, transferencia y pago de las obligaciones asociadas a los Tokens, bajo los estándares de seguridad, ciberseguridad, integridad transaccional y cumplimiento normativo requeridos por la legislación aplicable y las mejores prácticas internacionales (incluyendo tecnología de custodia institucional tipo Fireblocks, computación aislada mediante AWS Nitro Enclaves y esquemas MPC).
3. Administrador de la Emisión y Representante Común de los Tenedores
• HENCORP ACTIVOS DIGITALES, LTDA. (“HENCORP”), entidad registrada ante la CNAD bajo el número PSAD-0059, actúa como Administrador de la Emisión y Representante Común de los Tenedores de Tokens Monetae Markets, en los términos previstos en la Sección III de este documento. Asimismo, en su calidad de tercero independiente, actúa como firmante obligatorio del esquema Multisignature (Multisig) bajo el régimen de Aprobación Reforzada aplicable a las Operaciones Calificadas que afecten la integridad de las Acciones Subyacentes o la Relación 1:1, con base en el Contrato Multisignature y la instrucción irrevocable suscrita ante Alpaca Securities LLC. Su intervención tiene por objeto validar que toda operación relevante sobre las Acciones Subyacentes sea consistente con el marco de gobernanza, la Relación 1:1 y la protección de los derechos económicos de los Tenedores.
4. Titular Legal de las Acciones Subyacentes (FIP)
• FUNDACIÓN MONETAE INTERNATIONAL (la “FIP”), Fundación de Interés Privado constituida conforme a las leyes de la República de Panamá, inscrita en el Folio No. 25064881 del Registro Público de la República de Panamá, actúa como titular legal y account holder de las Acciones Subyacentes que respaldan el Programa, mantenidas en la cuenta institucional abierta a su nombre ante Alpaca Securities LLC. La FIP constituye un vehículo de segregación patrimonial diseñado para preservar la separación entre los activos que respaldan los Tokens, el patrimonio del Emisor y el patrimonio del PSAD, contribuyendo al aislamiento frente a riesgos de insolvencia (bankruptcy remoteness). La FIP otorga al Emisor una cesión abierta y vigente de los derechos económicos derivados de las Acciones Subyacentes, con la finalidad exclusiva de canalización de pagos y distribuciones a los Tenedores.
5. Custodio del Activo Subyacente
• ALPACA SECURITIES LLC, broker-dealer constituido en los Estados Unidos de América, registrado ante la Securities and Exchange Commission (SEC#: 8-69928) y miembro de la Financial Industry Regulatory Authority (FINRA CRD#: 288202) y de la Securities Investor Protection Corporation (SIPC), actúa como intermediario para la ejecución de órdenes en los mercados regulados internacionales, como responsable de la compensación y liquidación (clearing) de dichas operaciones —directamente o a través de las entidades de compensación y liquidación que corresponda— y como custodio regulado de las Acciones Subyacentes, las cuales se mantienen a nombre de la FIP, con segregación operativa por Serie mediante Subcuentas de Respaldo o mecanismos equivalentes aceptados por Alpaca Securities LLC.
6. Certificador de la Emisión
• TR CAPITAL, S.A. DE C.V., entidad registrada ante la CNAD bajo el número CERT-0003, realiza la certificación independiente de los elementos técnicos, financieros, legales y operativos relevantes para la Emisión, así como la verificación del cumplimiento de la normativa aplicable. El Certificador actúa dentro del alcance definido por la LEAD y la regulación de la CNAD, sin asumir obligaciones frente a los inversionistas fuera de las expresamente previstas por la normativa.
7. Auditor Externo
• GT EL SALVADOR AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO, S.A. DE C.V. (firma miembro de la red internacional Grant Thornton), presta los servicios de auditoría externa anual de los estados financieros del Emisor y emite las certificaciones periódicas sobre la Relación 1:1 entre Tokens en circulación y Acciones Subyacentes en custodia, las cuales serán publicadas con la periodicidad establecida en el DIR.
8. Inversionistas o Tenedores de Tokens
• Los inversionistas que adquieran, mantengan o negocien Tokens Monetae Markets serán considerados Tenedores y participarán proporcionalmente, en función del número de Tokens que ostenten dentro de cada Serie, en los derechos y beneficios económicos derivados de la Acción Subyacente correspondiente, sujetos a los términos, condiciones, restricciones y obligaciones previstos en el presente documento, en el DIR y en el Aviso de Habilitación por Serie aplicable. Su participación no confiere derechos corporativos ni control alguno sobre el Emisor, la FIP o el emisor de la Acción Subyacente, y se limita estrictamente a los derechos económicos expresamente reconocidos.
• Relaciones jurídicas entre los participantes. Sin perjuicio de la descripción de roles anterior, las relaciones jurídicas que vinculan a los participantes de la Emisión son las siguientes: (i) entre la FIP y el Emisor existe un Mandato y Administración de Activos de Terceros, complementado por una cesión abierta de los derechos económicos derivados de las Acciones Subyacentes otorgada por la FIP a favor del Emisor; (ii) entre el Emisor y MONETAE existe una relación de mandato operativo, en virtud de la cual MONETAE, como Mandatario Operativo, ejecuta las instrucciones del Emisor ante Alpaca Securities LLC en nombre y por cuenta de la FIP; (iii) entre la FIP y Alpaca Securities LLC existe una relación de titularidad de cuenta y custodia, siendo la FIP el account holder legal de las Acciones Subyacentes; (iv) entre el Emisor y el Administrador de la Emisión existe una segunda cesión abierta de derechos económicos en representación común de los Tenedores, así como el Contrato Multisignature que confiere a éste el carácter de firmante obligatorio en las Operaciones Calificadas; y (v) entre los Tenedores y el Emisor existe exclusivamente una relación de carácter económico, ejercida frente al Emisor conforme al esquema de doble cesión abierta.
• Los Tenedores no mantienen relación jurídica ni contractual directa con Alpaca Securities LLC, con la FIP ni con el emisor de la Acción Subyacente, por lo que no podrán dirigir reclamaciones directas contra dichas entidades derivadas de la tenencia de Tokens, salvo por las obligaciones expresamente asumidas en los documentos rectores de la estructura. La separación funcional entre los roles de emisión, custodia patrimonial y administración/representación se mantiene en todo momento conforme al esquema de gobernanza tripartito descrito.
III. Aceptación Expresa del Administrador de la Emisión como Representante Común de los Tenedores de Tokens
HENCORP ACTIVOS DIGITALES, LTDA. (PSAD-0059), en su calidad de Administrador de la Emisión y Proveedor de Servicios de Activos Digitales registrado ante la CNAD, acepta de forma expresa, irrevocable e incondicional su designación como Representante Común de los Tenedores de los Tokens Monetae Markets. Esta aceptación se realiza para todos los efectos legales y contractuales aplicables y abarca las funciones de representación, protección y resguardo de los derechos económicos y contractuales derivados de la tenencia de los Tokens, en los términos del Acuerdo de Administración de la Emisión y Nombramiento de Administrador y del Contrato de Cesión Abierta de Derechos Económicos otorgado por el Emisor a su favor en representación común de los Tenedores.
1. Alcance de la representación
El Administrador de la Emisión actuará en nombre y por cuenta de los Tenedores exclusivamente para los fines relacionados con la administración operativa de la Emisión, la verificación del cumplimiento de las obligaciones del Emisor, la canalización proporcional de los derechos económicos derivados de la Acción Subyacente y la ejecución de los mecanismos previstos en los presentes Términos y Condiciones y en el DIR. La representación conferida no implica facultades de gestión patrimonial directa sobre la Acción Subyacente, ni otorga control sobre el Emisor, la FIP o el emisor de la Acción Subyacente. La actuación del Representante Común se limita al ámbito de los derechos económicos derivados del Token y al cumplimiento operativo de la Emisión.
2. Relación con el esquema Multisig de Aprobación Reforzada
La designación del Administrador de la Emisión como Representante Común se complementa con su rol obligatorio como firmante dentro del esquema Multisignature (Multisig) de Aprobación Reforzada aplicable a las Operaciones Calificadas sobre las Acciones Subyacentes. Conforme a la instrucción irrevocable notificada a Alpaca Securities LLC, ninguna venta, disposición, sustitución, rebalanceo, transferencia o liquidación de Acciones Subyacentes que constituyan una Operación Calificada podrá ejecutarse sin contar previamente con la firma de Hencorp. El Representante Común ejercerá estas facultades en coordinación con el Emisor y los demás firmantes autorizados, manteniendo en todo momento la separación funcional entre roles y respetando los controles previstos en el Contrato Multisignature.
3. Facultades del Representante Común
El Administrador de la Emisión, en su carácter de Representante Común de los Tenedores, contará con las facultades necesarias para:
a) verificar el cumplimiento por parte del Emisor de los covenants de hacer y no hacer, así como de las demás obligaciones derivadas de estos Términos y Condiciones, del DIR, del Aviso de Habilitación por Serie y de los contratos accesorios;
b) supervisar el mantenimiento de la Relación 1:1 entre Tokens en circulación y Acciones Subyacentes en custodia, así como las certificaciones periódicas emitidas por el Auditor Externo;
c) recibir, gestionar y canalizar proporcionalmente a los Tenedores los derechos económicos derivados de la Acción Subyacente (incluyendo dividendos, distribuciones y producto de venta), en virtud de la cesión abierta otorgada por el Emisor a su favor;
d) intervenir como firmante obligatorio en las Operaciones Calificadas que requieran Aprobación Reforzada bajo el esquema Multisig;
e) ejecutar o instruir, en caso de Evento de Incumplimiento del Emisor, las acciones contractuales necesarias para la enajenación y liquidación de las Acciones Subyacentes y la canalización del producto neto a los Tenedores, conforme a las reglas de prelación y distribución establecidas en el DIR;
f) recibir, procesar y comunicar solicitudes, notificaciones o información relevante dirigida a los Tenedores;
g) representar de manera colectiva a los Tenedores frente al Emisor, la FIP, el PSAD y demás participantes, en los asuntos relativos a la Emisión; y
h) actuar como canal formal de comunicación entre los Tenedores y el Emisor.
Estas facultades no incluyen la administración patrimonial de las Acciones Subyacentes, la toma de decisiones de inversión, la gestión corporativa del Emisor o de la FIP, ni cualquier otra función que exceda lo establecido en el presente documento y en el DIR.
4. Limitaciones de responsabilidad del Representante Común
El Representante Común no será responsable por (i) el desempeño financiero o bursátil de la Acción Subyacente o las pérdidas que se deriven de su comportamiento de mercado; (ii) las decisiones de inversión de los Tenedores; (iii) eventos corporativos, suspensiones de cotización, deslistes o cualquier otra acción del emisor de la Acción Subyacente; (iv) riesgos de mercado, liquidez, volatilidad o ciberseguridad inherentes al Token o al ecosistema blockchain; (v) actos u omisiones de Alpaca Securities LLC en su calidad de custodio del Activo Subyacente; ni (vi) eventos atribuibles al Emisor, al PSAD o a terceros que se encuentren fuera del ámbito razonable de administración y control del Representante Común. Su responsabilidad se limita al cumplimiento diligente de las funciones expresamente definidas en el presente documento, en el DIR y en el Acuerdo de Administración de la Emisión.
IV. Naturaleza del Token y del Activo Subyacente
Los Tokens Monetae Markets constituyen activos digitales emitidos bajo la modalidad de Oferta Pública de Tokens de Ingresos, de conformidad con el Artículo 5 literal (n) de la LEAD. Cada Token representa una participación económica directa, proporcional e indivisible vinculada a la Acción Subyacente correspondiente a la Serie en la que se emite, manteniéndose en todo momento la Relación 1:1 entre Tokens en circulación y Acciones Subyacentes en custodia (o su equivalente en efectivo en tránsito vinculado a la operativa de adquisición o liquidación de dichos valores).
Para efectos del Programa, se entiende por Acción Subyacente: (i) una acción ordinaria emitida por una sociedad listada; o (ii) una participación en un fondo cotizado en bolsa (ETF), en ambos casos debidamente inscrita y negociada en un mercado bursátil regulado internacional que cumpla los criterios de elegibilidad establecidos en el DIR. Como criterio general, las Acciones Subyacentes deberán: (a) estar admitidas a negociación en mercados regulados de los Estados Unidos de América (incluyendo NYSE y NASDAQ), Reino Unido, Europa continental o Japón; y (b) corresponder a emisores con una capitalización bursátil mínima equivalente a cien millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$100,000,000.00). El Emisor podrá ampliar, restringir o modificar dichos criterios conforme a consideraciones técnicas, regulatorias o de gestión de riesgos, lo cual se formalizará ante la CNAD mediante la correspondiente Nota de Hecho Relevante.
El respaldo económico del Token proviene exclusivamente de la Acción Subyacente identificada en el Aviso de Habilitación por Serie correspondiente, mantenida en custodia a nombre de la FIP en la cuenta institucional abierta ante Alpaca Securities LLC y segregada por Serie mediante Subcuentas de Respaldo. La canalización de los beneficios económicos hacia los Tenedores se articula mediante el esquema de doble cesión abierta de derechos económicos documentado en el DIR: (i) una primera cesión otorgada por la FIP a favor del Emisor, respecto de los derechos económicos derivados de las Acciones Subyacentes (incluyendo dividendos, distribuciones, rendimientos equivalentes y el producto neto de su disposición); y (ii) una segunda cesión otorgada por el Emisor a favor del Administrador de la Emisión en representación común de los Tenedores, para su acreditación proporcional a éstos.
La tenencia del Token no confiere a su titular: (i) titularidad legal, registral o nominal sobre la Acción Subyacente; (ii) derechos políticos, de voto, de información societaria o de control sobre el emisor de la Acción Subyacente, sobre el Emisor o sobre la FIP; (iii) participación accionaria directa en los emisores de las Acciones Subyacentes; ni (iv) derecho a figurar en el registro de accionistas de dichos emisores. El derecho del Tenedor es estrictamente económico y se ejerce frente al Emisor conforme a la estructura descrita. Los Tokens no son convertibles en otros activos, digitales o físicos, y solo podrán liquidarse mediante los mecanismos de redención o de negociación en el mercado secundario autorizado, conforme a los términos del presente documento.
El perfil de riesgo del Token refleja directamente el perfil del Activo Subyacente correspondiente y se considera de nivel medio a alto. Los Tokens están dirigidos a inversionistas que cuenten con tolerancia a la volatilidad, comprendan los riesgos de los mercados bursátiles y de los activos digitales, y que estén dispuestos a asumir posibles pérdidas parciales o totales del capital invertido. Los Tokens no devengan intereses fijos ni rendimientos garantizados; su valor y retorno dependen exclusivamente del comportamiento bursátil de la Acción Subyacente y de los costos, comisiones y gastos aplicables. Este instrumento no es adecuado para inversionistas que requieran rendimientos garantizados, estabilidad de ingresos o preservación absoluta del capital.
V. Características Financieras y Económicas de la Emisión
El importe total de la Emisión bajo el Programa Monetae Markets es indefinido, dado que opera bajo una estructura dinámica “on demand” por Series independientes. En consecuencia, no existe un monto total predeterminado ni un número máximo predeterminado de Tokens a emitir: el volumen y monto de cada Serie se incrementa en función de las suscripciones efectivamente realizadas por los inversionistas y de la correspondiente adquisición de las Acciones Subyacentes en los mercados bursátiles aplicables, dentro de los parámetros operativos, regulatorios y de mercado vigentes.
El Programa permite la incorporación progresiva de nuevas Series mediante la emisión del correspondiente Aviso de Habilitación por Serie, el cual debe notificarse a la CNAD con al menos cinco (5) días calendario de anticipación a la fecha de inicio de negociación y contendrá, como mínimo: identificación de la Serie (ticker con prefijo “m.”, ISIN cuando aplique); identificación de la Acción Subyacente; dirección on-chain del contrato inteligente; fecha y hora de habilitación; y moneda de negociación. Cada Serie mantiene independencia patrimonial y operativa respecto de las demás.
La Emisión no tiene plazo determinado y permanecerá vigente mientras existan Tokens en circulación de la Serie correspondiente y la Acción Subyacente continúe siendo elegible. Una Serie podrá finalizar en los siguientes supuestos: (i) cuando la Acción Subyacente deje de cotizar, sea deslistada, se extinga, se fusione, se transforme sustancialmente o se torne inaccesible; (ii) cuando el Emisor ejerza la Opción de Recompra sobre la totalidad de los Tokens en circulación de dicha Serie; o (iii) en los demás supuestos previstos en el Aviso de Habilitación por Serie correspondiente.
Cada Token es fraccionable hasta ocho (8) decimales, lo que permite representar participaciones parciales sobre la unidad económica del Activo Subyacente sin alterar la correspondencia 1:1. La negociación podrá realizarse en dólares de los Estados Unidos de América (USD) y/o en stablecoins denominadas en USD autorizadas en la plataforma (incluyendo, sin limitarse a, USDC). El Emisor podrá modificar, ampliar o restringir las monedas autorizadas previa notificación a la CNAD y al público inversionista conforme a los mecanismos aplicables.
El monto mínimo por operación de suscripción (compra) será equivalente a cinco dólares de los Estados Unidos de América (US$5.00) por instrucción. El monto máximo por operación será equivalente a cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América (US$50,000.00) por instrucción, pudiendo incrementarse mediante acuerdo previo y por escrito entre el inversionista y el Emisor, conforme a las validaciones aplicables. El Emisor se reserva el derecho de modificar los montos mínimo y máximo, previo aviso a la CNAD y al público en general.
El instrumento no garantiza rendimientos y su retorno económico depende exclusivamente del desempeño del Activo Subyacente, materializándose mediante: (i) la apreciación o depreciación del precio del Token, reflejada en el valor de la Acción Subyacente; (ii) la acreditación de beneficios económicos equivalentes a dividendos, retornos o distribuciones efectivamente generados por la Acción Subyacente; o (iii) la venta del Token en el mercado secundario autorizado. La realización económica de cualquier rendimiento queda sujeta a las condiciones de mercado, ejecución, costos operativos y comisiones aplicables.
VI. Mercado Primario y Suscripción
El mercado primario del Programa Monetae Markets operará, en su fase inicial, exclusivamente a través de la plataforma tecnológica administrada por MONETAE (PSAD-0018), bajo los términos y condiciones del PSAD y de la presente Emisión. A diferencia de modelos de emisión con ventana de suscripción inicial acotada, el período de suscripción bajo el Programa es continuo y permanece habilitado durante toda la vigencia de cada Serie, mientras la Acción Subyacente correspondiente continúe siendo elegible conforme a los criterios del DIR y no se haya producido alguna causal de terminación de la Serie.
Para suscribir Tokens, los inversionistas deberán: (i) registrarse y completar satisfactoriamente los procesos de Conozca a su Cliente (KYC), debida diligencia y demás verificaciones de cumplimiento aplicables en la plataforma MONETAE; (ii) fondear su cuenta mediante los medios de pago habilitados por el PSAD (incluyendo transferencias bancarias en USD por canales regulados —SWIFT o ACH— y/o stablecoins denominadas en USD compatibles); (iii) cursar la orden de compra respecto de la Serie deseada a través de la plataforma; y (iv) recibir la acreditación de los Tokens en la billetera digital habilitada dentro de la plataforma, una vez ejecutada y conciliada la operación.
Validada la orden de suscripción, el Emisor, actuando como Mandante bajo el Mandato y Administración de Activos de Terceros, instruirá a Alpaca Securities LLC —a través de MONETAE como Mandatario Operativo— la ejecución de la compra correspondiente de la Acción Subyacente en nombre y por cuenta de la FIP, a efecto de preservar la Relación 1:1 aplicable a la Serie. El Emisor no estará obligado a adquirir de forma anticipada las Acciones Subyacentes; no obstante, la adquisición anticipada estará permitida de manera facultativa cuando resulte conveniente para fines operativos o de gestión de liquidez.
Cruce contra liquidez en mercado secundario
En caso de existir órdenes vigentes de contrapartida en mercado secundario a un precio igual o mejor que el Precio Referencial aplicable, la orden de compra podrá ejecutarse total o parcialmente contra dichas órdenes, sin acuñación de nuevos Tokens, por tratarse de una transacción sobre Tokens previamente emitidos y en circulación.
El Mercado Primario permanecerá habilitado durante toda la vigencia de cada Serie, sin perjuicio de la facultad del Emisor de restringir, pausar o suspender temporalmente la colocación de nuevos Tokens por razones operativas, regulatorias, de mercado, custodia, riesgos, suspensiones de cotización de la Acción Subyacente, mantenimientos de plataforma, acciones corporativas u otras causas justificadas. En tales supuestos, el Emisor deberá notificar oportunamente la restricción o suspensión temporal, indicando su alcance, fechas y horarios de aplicación, a través de la plataforma MONETAE y los canales oficiales de comunicación.
El Emisor podrá habilitar la colocación/negociación primaria de Tokens del Programa en mercados operados por otros PSAD debidamente autorizados por la CNAD. En tal caso, deberá notificar previamente a la CNAD con al menos sesenta (60) días de anticipación a la fecha prevista de habilitación, sin perjuicio de cumplir con los requisitos de listado, divulgación, elegibilidad y operación exigibles por el PSAD correspondiente y la normativa aplicable.
Tratamiento de órdenes fuera del horario de mercado
Las órdenes cursadas por los inversionistas fuera del horario regular de negociación aplicable a la Acción Subyacente (incluyendo horario nocturno, fines de semana, días feriados de mercado, cierres anticipados y períodos de suspensión de cotización) no se ejecutarán en tiempo real. Quedarán registradas en cola para su ejecución automática al inicio de la siguiente sesión regular de mercado como órdenes de mercado. El inversionista podrá cancelar una orden en cola antes de la apertura de la siguiente sesión. Una vez iniciada la ejecución no podrá ser cancelada ni modificada.
El Precio Referencial mostrado fuera del horario de mercado corresponderá al último precio de cierre oficial de la Acción Subyacente y tiene carácter meramente indicativo. El precio de ejecución será el que resulte al procesarse efectivamente la orden al inicio de la siguiente sesión, el cual podrá diferir significativamente del último precio de cierre como consecuencia de la volatilidad de apertura (gap) y de las condiciones de mercado vigentes.
El inversionista acepta que las órdenes cursadas fuera del horario de mercado quedan sujetas a las condiciones de mercado existentes al momento de su ejecución efectiva y que no existe garantía de ejecución al Precio Referencial mostrado al momento de cursarlas, sin que resulte aplicable a estas órdenes el parámetro de variación relativa de precio regulado en la Sección IX.
Vigencia y caducidad de las órdenes en cola
Las órdenes cursadas fuera del horario regular permanecerán en estado de cola únicamente hasta la apertura de la siguiente sesión regular de mercado, momento en el cual serán procesadas. Si por cualquier causa —incluyendo feriados de mercado, cierres anticipados, suspensiones de cotización (trading halt) o condiciones extraordinarias del mercado— la orden no pudiera ejecutarse en dicha apertura, caducará automáticamente al cierre de la sesión correspondiente. La plataforma no revalida automáticamente las órdenes caducadas o canceladas; el inversionista deberá cursar una nueva orden si desea reintentar la operación.
VII. Mercado Secundario y Negociación entre Terceros
Los Tokens Monetae Markets serán libremente negociables en un mercado secundario autorizado, una vez sea habilitado por el Emisor, conforme a lo estipulado en el DIR. El mercado secundario será facilitado inicialmente a través de la plataforma de MONETAE, sin perjuicio de la habilitación posterior en otros PSAD autorizados por la CNAD.
Los Tokens podrán negociarse libremente entre terceros bajo condiciones de libre formación de precios, reflejando las condiciones de oferta y demanda y las expectativas del ecosistema respecto del Activo Subyacente. En consecuencia, el precio del Token en mercado secundario podrá diferir del precio de cotización de la Acción Subyacente en su mercado bursátil de referencia.
Horario de negociación
Como regla general, la negociación de los Tokens estará disponible durante el horario regular de operaciones del mercado bursátil en el cual cotice la Acción Subyacente correspondiente. Para Acciones Subyacentes listadas en mercados estadounidenses, el horario regular es de lunes a viernes, de 9:30 a.m. a 4:00 p.m., hora del Este (ET). Podrán habilitarse sesiones extendidas (pre-market y post-market) conforme a la infraestructura operativa del PSAD y a las condiciones del mercado de referencia. El Emisor podrá modificar o restringir los horarios aplicables comunicándolo previamente con anticipación mínima de cinco (5) días hábiles.
La negociación podrá ser restringida o inhabilitada temporalmente en los siguientes supuestos: (i) fuera del horario aplicable; (ii) en días feriados de mercado o cierres anticipados; (iii) durante mantenimientos programados o de emergencia; (iv) en ventanas de control de riesgo asociadas a publicaciones de resultados (earnings); (v) durante la ejecución o procesamiento de Acciones Corporativas; (vi) cuando exista una suspensión de cotización (trading halt) ordenada por la bolsa o regulador correspondiente al Activo Subyacente; y (vii) cuando, a juicio razonable del Emisor o del PSAD, resulte necesario para preservar la integridad del mercado y la adecuada formación de precios.
Cada PSAD en el que se habilite la negociación podrá establecer sus propios montos mínimos y máximos, ventanas y horarios, así como restricciones operativas, siempre que sean compatibles con la normativa aplicable y las disposiciones emitidas por la CNAD.
VIII. Redención de Tokens y Opción de Recompra del Emisor
1. Redención
Los Tenedores podrán solicitar la redención total o parcial de sus Tokens al Precio de Redención aplicable, mediante el ingreso de órdenes a través de la plataforma de MONETAE, sujeto al cumplimiento de los procesos de verificación, montos mínimos/máximos y demás requisitos operativos establecidos en el DIR. Cuando existan compradores en el mercado secundario dispuestos a pagar un precio igual o superior al Precio de Redención, la orden se ejecutará preferentemente en dicho mercado. Los remanentes serán redimidos directamente por el Emisor, en orden de recepción, mediante la enajenación pro rata de la Acción Subyacente correspondiente a través de Alpaca Securities LLC.
Una vez confirmada y procesada la enajenación de la Acción Subyacente, los fondos derivados serán canalizados al Emisor mediante la cesión otorgada por la FIP y, posteriormente, acreditados a la wallet del Tenedor dentro de la plataforma MONETAE, en USDC u otra moneda autorizada, en proporción al número de Tokens redimidos. Los Tokens redimidos serán inmovilizados durante el proceso y, una vez pagada la redención, transferidos a la billetera del Emisor para su quema (burn) y retiro permanente, preservando la Relación 1:1.
2. Opción de Recompra
El Emisor tendrá la facultad de ejercer, a su discreción, una Opción de Recompra parcial o total de los Tokens emitidos bajo una Serie determinada, en cualquier momento y conforme a las siguientes condiciones:
1. Fraccionamiento: la recompra podrá realizarse sobre una parte o la totalidad de los Tokens en circulación de la Serie correspondiente, conforme a la disponibilidad de flujos y las estrategias de gestión del Emisor.
2. Asignación proporcional: en caso de recompras parciales, la asignación se realizará de forma proporcional (pro rata) entre los Tenedores existentes de dicha Serie, según su participación relativa al momento de la notificación.
3. Valor de recompra: el precio de recompra será igual al Precio de Redención aplicable a la Serie correspondiente.
4. Notificación previa: el Emisor deberá comunicar formalmente su intención con una antelación mínima de cinco (5) y máxima de treinta (30) días calendario antes de la fecha efectiva de ejecución, a través de la plataforma de MONETAE y aviso formal a la CNAD.
3. Suspensión de Redenciones
Las redenciones podrán suspenderse temporalmente cuando: (i) la Acción Subyacente correspondiente se encuentre en suspensión de cotización (trading halt) o sujeta a restricciones de negociación; (ii) se procesen Acciones Corporativas que afecten la Serie; (iii) existan eventos de fuerza mayor, fallas tecnológicas o de ciberseguridad que comprometan la operatividad; o (iv) lo requieran disposiciones regulatorias o de la CNAD.
IX. Precio de Suscripción, Precio de Redención y Precio Referencial
El Precio de Suscripción y el Precio de Redención de los Tokens emitidos bajo cada Serie estarán indexados al último precio de mercado de la Acción Subyacente correspondiente, conforme al valor publicado y ejecutado a través de Alpaca Securities LLC. En consecuencia, no se establece un valor nominal fijo para el Token; su precio refleja directamente las variaciones del precio bursátil de la Acción Subyacente en su mercado de origen.
El Precio Referencial corresponderá al último precio de cotización oficial proporcionado por Alpaca Securities LLC, sirviendo como indicador estándar de referencia. No obstante, el precio final de ejecución será aquel vigente al momento en que la orden del inversionista sea efectivamente procesada dentro de la plataforma, considerando las condiciones de mercado y los costos operativos y comisiones aplicables (incluyendo, sin limitarse a, comisiones de Alpaca Securities LLC y eventuales diferencias entre el precio de referencia y el precio efectivamente ejecutado en el mercado bursátil correspondiente).
Naturaleza indicativa del Precio Referencial
El Precio Referencial, así como cualquier monto, cantidad de Tokens o valor estimado que la plataforma muestre al inversionista con anterioridad a la confirmación de una orden, tienen carácter meramente informativo e indicativo. El Precio Referencial no constituye: (i) una garantía de precio ni de ejecución; (ii) una oferta firme o cotización vinculante; (iii) el precio definitivo al que se ejecutará la orden; ni (iv) un compromiso respecto de la cantidad exacta de Tokens a recibir o del monto exacto a acreditar. El precio y los montos definitivos serán aquellos que resulten de la ejecución efectiva de la operación sobre la Acción Subyacente a través de Alpaca Securities LLC, por lo que el precio de ejecución final y las cantidades resultantes podrán diferir, al alza o a la baja, respecto de los valores referenciales mostrados. Al cursar una orden, el inversionista acepta que ésta se ejecutará al precio efectivamente obtenido por Alpaca Securities LLC y que los montos finales podrán variar en función de las condiciones de mercado, la liquidez disponible y los costos y comisiones aplicables.
Sin perjuicio de lo previsto en el numeral relativo al Margen de variación de precio, conforme al cual el diferencial entre el Precio Referencial y el precio de ejecución de la orden es asumido por el inversionista, cualquier diferencia entre el Precio Referencial y el precio al que el Emisor (a través de Alpaca Securities LLC y por cuenta de la FIP) efectivamente adquiera o enajene la Acción Subyacente, será asumida exclusivamente por el Emisor, sin afectar la Relación 1:1 ni los derechos económicos de los Tenedores.
Validez temporal de cotizaciones
Toda cotización (quote) proporcionada por Alpaca Securities LLC podrá tener una validez temporal limitada determinada por las condiciones del mercado. El Emisor no garantiza la ejecución de operaciones a precios previos una vez transcurrido dicho período de validez, ni asume responsabilidad por variaciones derivadas de la volatilidad del mercado o de las diferencias en el tiempo de ejecución. Las órdenes se ejecutarán conforme a la disponibilidad de liquidez y a las mejores condiciones de mercado existentes al momento de su procesamiento efectivo.
Margen de variación de precio
El margen de variación de precio es un control interno que la plataforma MONETAE aplica con anterioridad al envío de la orden al mercado, mediante el cual se valida que el precio de referencia de la Acción Subyacente no se haya movido, respecto del Precio Referencial mostrado al inversionista al momento de generar la orden, en un porcentaje superior al configurado por éste. Dicha validación se ejecuta íntegramente dentro de la plataforma y con anterioridad a la transmisión de la orden a Alpaca Securities LLC. El margen de variación de precio no constituye una garantía de precio ni de ejecución, ni un mecanismo de compensación o absorción de las diferencias de precio que puedan producirse durante la ejecución de la operación en el mercado bursátil correspondiente.
Parametrización y tolerancia
La plataforma MONETAE aplica un parámetro de variación relativa de precio configurable por el inversionista, dentro de un rango de 0% a 1%, con un valor predeterminado de 1%. Este parámetro determina la diferencia máxima permitida entre el Precio Referencial mostrado al momento de generar la orden y el precio de referencia vigente al momento de confirmarla.
Cuando la variación de precio exceda el parámetro configurado por el inversionista, la orden será rechazada automáticamente antes de su envío al mercado y no se ejecutará. El inversionista deberá revisar el precio actualizado y, si lo considera conveniente, confirmar una nueva orden. El parámetro de variación relativa de precio se verifica al momento de confirmar la orden dentro del horario regular de negociación y no resulta aplicable a las órdenes cursadas fuera de dicho horario, las cuales se ejecutan como órdenes de mercado al inicio de la siguiente sesión conforme al numeral relativo al tratamiento de órdenes fuera del horario de mercado.
El precio de ejecución final será el efectivamente obtenido a través de Alpaca Securities LLC al momento de procesar la orden en el mercado, el cual podrá diferir del Precio Referencial mostrado. Dicha diferencia es asumida íntegramente por el inversionista. MONETAE no garantiza la ejecución al Precio Referencial ni absorbe diferencial alguno entre el precio de referencia y el precio de ejecución efectivo.
X. Estructura de Respaldo, Segregación Patrimonial y Esquema Multisig
1. Respaldo 1:1 mediante Acciones Subyacentes en custodia
Los Tokens Monetae Markets se encuentran respaldados, en proporción uno a uno (1:1), por las Acciones Subyacentes mantenidas en custodia a través de Alpaca Securities LLC, en la cuenta institucional abierta a nombre de la FIP y segregadas por Serie mediante las Subcuentas de Respaldo o mecanismos equivalentes aceptados por Alpaca Securities LLC. Cuando exista efectivo en tránsito vinculado a la operativa (incluyendo fondos pendientes de liquidación por compras/ventas o distribuciones), éste formará parte del respaldo económico de la Serie correspondiente hasta su conversión en Acción Subyacente o su aplicación conforme a la operativa.
2. Naturaleza del respaldo y aclaración
Los Tenedores reconocen y aceptan que la presente Emisión no cuenta con una garantía real tradicional (prenda, hipoteca, fideicomiso de garantía u otra figura de garantía real o personal) sobre las Acciones Subyacentes. La protección de los Tenedores se estructura mediante un esquema contractual y operativo reforzado que comprende: (i) la titularidad legal e institucional de las Acciones Subyacentes a nombre de la FIP, como vehículo de segregación patrimonial diseñado para aislar dichos activos del patrimonio del Emisor y del PSAD; (ii) el Mandato y Administración de Activos de Terceros, que limita las facultades del Emisor a las expresamente reglamentadas; (iii) el esquema de doble cesión abierta de derechos económicos descrito en la Sección IV; y (iv) el esquema Multisignature de Aprobación Reforzada descrito a continuación.
3. Esquema Multisignature (Multisig) y Aprobación Reforzada
Toda instrucción relativa a la venta, disposición, sustitución, rebalanceo, transferencia o liquidación de las Acciones Subyacentes que respalden los Tokens deberá ejecutarse, según corresponda, a través de un mecanismo de autorización Multisignature (“Multisig”), conforme a lo establecido en el DIR y en el Contrato Multisignature. Dicho mecanismo impide la emisión de instrucciones unilaterales y refuerza la trazabilidad, transparencia y control operativo de la Emisión, del Emisor y de las actuaciones de la FIP.
El esquema Multisig contempla un régimen de Aprobación Reforzada para las Operaciones Calificadas, en el cual HENCORP ACTIVOS DIGITALES, LTDA., en su calidad de Administrador de la Emisión, actúa como firmante obligatorio, junto con el Emisor u otros firmantes autorizados. Requerirán Aprobación Reforzada, entre otras, las siguientes operaciones:
• Liquidación Total de la Serie.
• Liquidación o venta de más del cincuenta por ciento (50%) de los valores mantenidos en cualquier Subcuenta de Respaldo.
• Rebalanceos, sustituciones o reorganizaciones sustanciales del portafolio.
• Operaciones que afecten la equivalencia 1:1 entre Tokens y Acciones Subyacentes.
• Traslado, cierre o sustitución de Subcuentas de Respaldo.
La exigencia de Aprobación Reforzada y la participación obligatoria del Administrador de la Emisión han sido formalmente notificadas a Alpaca Securities LLC mediante instrucción irrevocable, en virtud de la cual el custodio reconoce y acepta que no podrá ejecutar órdenes de venta ni otras Operaciones Calificadas sin contar previamente con la firma de Hencorp Activos Digitales, LTDA.
4. Eventos de Incumplimiento y enajenación protectora
En caso de un Evento de Incumplimiento del Emisor (incluyendo, sin limitarse a, incumplimiento sustancial de los covenants establecidos en el DIR, pérdida o ruptura de la Relación 1:1 no subsanada en los plazos aplicables, o eventos materiales que comprometan la integridad de la Emisión), el Administrador de la Emisión, en su calidad de Representante Común y firmante del Multisig, podrá instruir las acciones contractuales necesarias para la enajenación protectora y liquidación de las Acciones Subyacentes y la canalización del producto neto a los Tenedores, conforme a las reglas de prelación y distribución establecidas en el DIR y en el Acuerdo de Administración de la Emisión.
XI. Distribuciones, Dividendos y Acciones Corporativas
1. Reglas generales
En caso de que la Acción Subyacente correspondiente a una Serie genere dividendos u otras distribuciones económicas, el Emisor reconocerá a los Tenedores de los Tokens de dicha Serie el beneficio económico equivalente, en proporción al número de Tokens elegibles mantenidos al momento aplicable. La determinación de la elegibilidad (“quién recibe”) se realizará tomando como referencia, según corresponda y conforme a la información oficial del evento, la fecha de registro (record date) y/o la fecha ex (ex-date) aplicable al Activo Subyacente.
Una vez que el dividendo o distribución sea efectivamente recibido por la estructura de custodia, el pago será procesado y acreditado en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, mediante USDC, directamente en la wallet registrada del Tenedor dentro de la plataforma MONETAE. Para efectos de recepción de dichas distribuciones, los Tenedores deberán mantener una cuenta activa, verificada y habilitada conforme a los procedimientos operativos y de cumplimiento aplicables.
Retenciones y cargas en origen
El beneficio económico equivalente reconocido a los Tenedores corresponderá al importe neto efectivamente recibido por la estructura de custodia, una vez deducidas las retenciones, impuestos, gravámenes, comisiones o cargas que resulten aplicables en la jurisdicción de origen de la Acción Subyacente o por parte de Alpaca Securities LLC u otros intermediarios (incluyendo, sin limitarse a, la retención sobre dividendos aplicable a inversionistas no residentes en los Estados Unidos de América). En consecuencia, el monto acreditado a los Tenedores podrá ser inferior al dividendo o distribución bruta declarada por el emisor de la Acción Subyacente. El Emisor no asume obligación de compensar dichas retenciones o cargas ni de gestionar su recuperación, sin perjuicio de las exenciones fiscales aplicables en El Salvador conforme a la Sección XIX del DIR.
2. Tratamiento operativo de Acciones Corporativas
El Emisor aplicará el tratamiento operativo específico a las Acciones Corporativas relevantes conforme a lo previsto en el DIR, incluyendo:
• Dividendos en efectivo (cash dividends): acreditación del equivalente económico en USDC en las wallets de los Tenedores elegibles dentro de tres (3) días hábiles desde la recepción definitiva, sin emisión, quema, redención ni conversión de Tokens.
• Dividendos o distribuciones en acciones (stock dividends): emisión (mint) proporcional de Tokens adicionales de la misma Serie dentro de tres (3) días hábiles desde la confirmación o recepción definitiva del evento por parte de Alpaca Securities LLC, manteniendo la Relación 1:1; pago de cash-in-lieu en USDC por fracciones dentro de tres (3) días hábiles cuando aplique.
• Stock splits y reverse splits: ajuste proporcional del número de Tokens mediante mint o burn, según corresponda, preservando la equivalencia económica; liquidación de fracciones en USDC.
• Fusiones (mergers) y adquisiciones: enajenación de las Acciones Subyacentes de la Serie afectada, redención de los Tokens y pago del equivalente económico a los Tenedores en USDC, sin garantía de precio específico.
• Spin-offs y escisiones: distribución del valor económico equivalente en USDC o, cuando se habilite operativamente, conversión o creación de una nueva Serie vinculada al spin-off.
• Buybacks del emisor: no implican emisión, quema, redención ni conversión de Tokens; la exposición continúa reflejándose en el precio del Token.
• Trading halts ordenados por la bolsa o regulador: suspensión o restricción de la negociación del Token de la Serie asociada hasta restablecer condiciones de mercado confiables.
• Cambio de denominación o ticker: actualización de los metadatos de la Serie, sin emisión, quema o conversión de Tokens.
3. Pausas de negociación e información
El Emisor podrá suspender o restringir temporalmente la negociación del Token de la Serie afectada cuando sea necesario para: (i) incorporar el evento y reflejarlo correctamente; (ii) mitigar riesgos de arbitraje o formación de precios con información incompleta; (iii) procesar conversiones, redenciones, emisiones, quemas o ajustes técnicos; o (iv) atender suspensiones, condiciones extraordinarias o restricciones del mercado de referencia. El Emisor mantendrá oportunamente informados a los Tenedores respecto de la ocurrencia, naturaleza y fechas clave de las Acciones Corporativas relevantes, así como del calendario estimado de acreditación de beneficios.
XII. Comisiones y Cargos Aplicables
1. Comisión de Administración
Desde el inicio del Programa se aplica a los Tenedores una Comisión de Administración equivalente al cero punto cincuenta por ciento (0.50%) anual, calculada y devengada diariamente sobre el saldo de Tokens de cada Tenedor, con exclusión de aquellos inmovilizados por procesos de redención, y cobrada en Tokens. La Comisión de Administración no podrá exceder en ningún caso el uno por ciento (1.00%) anual. Adicionalmente, las operaciones de compra y de venta de Tokens estarán sujetas a una comisión de transacción del cero punto cincuenta por ciento (0.50%) sobre el monto de la operación. Cualquier ajuste a las comisiones anteriores requerirá notificación previa al público inversionista y a la CNAD con una antelación no menor a cinco (5) días hábiles.
2. Otros cargos potencialmente aplicables
Adicionalmente, los Tenedores podrán estar sujetos, según corresponda, a:
• Comisiones por conversión de divisas o activos de liquidación entre USD y stablecoins u otros activos autorizados dentro de la plataforma MONETAE.
• Comisiones por negociación en mercado secundario, conforme a las tarifas, cargos y políticas de la plataforma MONETAE y/o de los PSAD en los que se habilite la negociación.
• Comisiones y recargos por transferencias bancarias, incluyendo los cargos aplicables por bancos, intermediarios y entidades financieras participantes.
• Comisiones asociadas a la compra y venta de las Acciones Subyacentes, que puedan generarse por la ejecución de operaciones a través de Alpaca Securities LLC u otros intermediarios bursátiles correspondientes.
Todas las tarifas aplicables serán publicadas y actualizadas en la plataforma de MONETAE y en los canales oficiales correspondientes. Cualquier modificación material en el esquema de comisiones será notificada con una antelación no menor a cinco (5) días hábiles, conforme a los mecanismos de divulgación aplicables.
XIII. Derechos, Restricciones y Covenants de los Participantes
1. Derechos de los Tenedores
Los Tenedores gozarán exclusivamente de los siguientes derechos económicos y contractuales:
1. Derecho de Participación Económica en la Acción Subyacente: participación proporcional, conforme a la Unidad del Token, en los resultados económicos derivados de la Acción Subyacente (variaciones de precio y distribuciones económicas equivalentes), sin titularidad directa ni derechos políticos.
2. Derecho a la Relación de Respaldo 1:1: derecho a que el Emisor preserve en todo momento la correspondencia uno a uno entre los Tokens en circulación por Serie y las Acciones Subyacentes en custodia a nombre de la FIP.
3. Derecho de Redención: facultad de solicitar redención total o parcial de los Tokens conforme al Precio de Redención y a los términos del DIR.
4. Derecho de Acceso a Mercado Secundario: facultad de transferir, vender o ceder los Tokens en mercados secundarios habilitados, sujeto a las condiciones operativas del PSAD y a la libre formación de precios.
5. Derecho a Información: acceso a estados financieros periódicos del Emisor, certificaciones mensuales de respaldo 1:1 emitidas por el Auditor Externo, hechos relevantes, información pública del emisor de la Acción Subyacente e información de la FIP en lo concerniente a la estructura de custodia.
6. Derecho de participación en Opciones de Recompra: participación proporcional (pro rata) en las operaciones de recompra ejecutadas por el Emisor.
7. Derecho de representación colectiva: derecho a ser representados colectivamente por el Administrador de la Emisión, en los términos de la Sección III.
2. Restricciones aplicables a los Tenedores
• Ausencia de rendimientos garantizados: los Tokens no garantizan retorno, capital ni distribución mínima. El desempeño depende exclusivamente del comportamiento de la Acción Subyacente.
• Ausencia de derechos corporativos: la tenencia no confiere derechos de voto, derechos políticos, derechos de información societaria frente al emisor de la Acción Subyacente, ni derechos sobre la FIP.
• No convertibilidad: los Tokens no son convertibles en otros activos, digitales o físicos. Su liquidación se efectuará exclusivamente mediante redención o venta en el mercado secundario autorizado.
• Suspensión de operaciones: las suscripciones y redenciones podrán suspenderse cuando concurran los supuestos previstos en estos Términos y Condiciones y en el DIR.
3. Covenants del Emisor
3.1. Covenants de Obligaciones de Hacer
El Emisor se obliga a:
• Mantener la Relación 1:1 entre Tokens en circulación y Acciones Subyacentes mantenidas en custodia por Serie.
• Instruir la adquisición de Acciones Subyacentes adicionales cuando se emitan nuevos Tokens.
• Ejecutar la quema (burn) de Tokens cuando se produzcan redenciones o disposiciones del Activo Subyacente.
• Canalizar correctamente los derechos económicos derivados de la Acción Subyacente hacia los Tenedores, a través del esquema de doble cesión abierta.
• Determinar los Precios de Suscripción y Redención conforme a la metodología establecida y a los precios de mercado proporcionados por Alpaca Securities LLC.
• Mantener la segregación patrimonial mediante la FIP y las Subcuentas de Respaldo por Serie.
• Notificar oportunamente Hechos Relevantes que puedan afectar una Serie, conforme a la Sección XV.
• Implementar controles operativos de conciliación diaria entre Tokens en circulación y Acciones en custodia.
• Cumplir con las obligaciones regulatorias ante la CNAD, incluyendo los reportes trimestrales y el pago de la tasa registral.
• Someterse a auditoría externa anual y certificaciones mensuales independientes sobre la Relación 1:1.
3.2. Covenants de Obligaciones de No Hacer
El Emisor se obliga a no:
• Emitir Tokens sin respaldo económico equivalente en Acciones Subyacentes.
• Disponer, gravar o afectar las Acciones Subyacentes fuera de los mecanismos previstos en el DIR.
• Destinar los fondos obtenidos a fines distintos de la adquisición de las Acciones Subyacentes correspondientes.
• Modificar las características económicas esenciales de una Serie sin actualización formal del DIR y cumplimiento regulatorio.
• Realizar actos que afecten la segregación patrimonial mantenida por la FIP.
• Otorgar trato preferencial no divulgado entre Tenedores de una misma Serie.
• Ejecutar actividades ajenas al objeto exclusivo de estructuración, emisión y administración del Programa.
XIV. Políticas de Supervisión, Control y Cumplimiento
El Emisor, el PSAD y el Administrador de la Emisión implementarán, durante toda la vigencia del Programa, políticas de supervisión, control y cumplimiento orientadas a garantizar la transparencia, integridad operativa, seguimiento adecuado del Activo Subyacente y protección de los Tenedores, de conformidad con la normativa emitida por la CNAD y con lo dispuesto en el DIR.
En particular:
1. Cumplimiento de normas ALD/CFT/FP. Todo inversionista deberá completar satisfactoriamente los procesos de registro, conocimiento del cliente (KYC) y verificación de identidad establecidos por FINTECH AMERICAS, S.A. de C.V. (MONETAE), de conformidad con su Política de Prevención de Lavado de Dinero, Activos, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas, así como con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la normativa aplicable a los PSAD. Dichas verificaciones deberán mantenerse vigentes mediante procesos de actualización periódica.
2. Lista blanca (allowlist) y geofencing. El PSAD implementa un sistema de Allowlist mediante contrato inteligente, conforme al cual únicamente los usuarios previamente autorizados y verificados podrán realizar transacciones con los Tokens. Adicionalmente, el PSAD cuenta con tecnología de Geofencing para evitar que actores ubicados en jurisdicciones de alto riesgo puedan adquirir los Tokens.
3. Auditoría externa y certificaciones periódicas. El Emisor se someterá a auditoría externa anual de sus estados financieros, a cargo de GT El Salvador Auditoría y Cumplimiento, S.A. de C.V. (miembro de Grant Thornton), y a certificaciones mensuales realizadas por dicho auditor independiente, destinadas a verificar que se mantiene la Relación 1:1 entre Tokens en circulación y Acciones Subyacentes en custodia. Estas certificaciones serán puestas a disposición de los inversionistas a través de los canales oficiales.
4. Acceso a información en tiempo real. El Emisor pondrá a disposición del público, a través de su sitio web oficial y de la plataforma MONETAE, un resumen actualizado (al menos diariamente y, cuando sea técnicamente posible, en tiempo real) del número de Tokens en circulación por Serie y de las Acciones Subyacentes mantenidas en custodia a nombre de la FIP. Las direcciones on-chain de los contratos inteligentes serán divulgadas en el respectivo Aviso de Habilitación por Serie, permitiendo la verificación pública del suministro total y de la trazabilidad de las transacciones.
5. Custodia y ciberseguridad. La custodia de los Tokens será prestada por MONETAE como PSAD autorizado, bajo estándares internacionales de seguridad y ciberseguridad, incluyendo (sin limitarse a) custodia institucional tipo Fireblocks, esquemas Multi-Party Computation (MPC), segregación de claves, alojamiento del componente de firma en entornos AWS Nitro Enclaves, monitoreo continuo y controles operativos diseñados para preservar la integridad, disponibilidad y trazabilidad de las transacciones.
6. Gobierno corporativo y revelación. El Emisor observará las leyes, reglamentos y normas de buen gobierno corporativo aplicables, debiendo comunicar a la CNAD y a los inversionistas toda circunstancia que constituya un evento material susceptible de afectar la estabilidad o custodia del Activo Subyacente dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde que tenga conocimiento del mismo.
7. Contratación de terceros. La contratación de personas naturales o jurídicas que participen en actividades vinculadas a la Emisión estará sujeta a las políticas descritas en el Anexo 13 del DIR (Políticas de Contratación del Emisor), asegurando principios de idoneidad, transparencia y control operativo.
8. Gestión de conflictos de interés. La identificación, prevención y administración de potenciales conflictos de interés se regirá por el Protocolo del Emisor para Conflictos de Interés contenido en el Anexo 14 del DIR. Se reconoce expresamente que el Emisor y el PSAD pertenecen al mismo grupo económico (Monetae Block Ventures), por lo cual las transacciones y servicios significativos entre ambas entidades se llevan a cabo en condiciones de plena competencia y en condiciones de mercado, sujetas a auditorías periódicas por el Oficial de Cumplimiento y a la supervisión de la CNAD.
9. Reportes trimestrales a la CNAD. El Emisor remitirá a la CNAD, de forma trimestral, un reporte que contenga (a) el número total de Tokens emitidos y colocados durante el período, desagregado por Serie; y (b) el valor en dólares de colocación asociado a dichos Tokens. Dicho reporte se presentará dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la finalización de cada trimestre y será acompañado del pago de la tasa registral correspondiente, la cual será asumida íntegramente por el Emisor.
XV. Responsabilidad y Limitaciones
1. Responsabilidad del Emisor. El Emisor será responsable del cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de estos Términos y Condiciones, del DIR, del Aviso de Habilitación por Serie y de la normativa aplicable. Esta responsabilidad se limita expresamente al marco de una Oferta Pública de Tokens de Ingresos, sin constituir obligación de pago garantizada, deuda financiera ni compromiso de rentabilidad mínima.
2. Limitación de responsabilidad de la FIP. Fundación Monetae International actúa exclusivamente como titular legal y vehículo de segregación patrimonial de las Acciones Subyacentes, en los términos del Mandato y Administración de Activos de Terceros y de su reglamento interno. La FIP no asume responsabilidad alguna frente a los Tenedores por el desempeño financiero del Activo Subyacente, ni por las instrucciones operativas dirigidas por el Emisor a Alpaca Securities LLC dentro del marco del mandato. Ningún Tenedor podrá dirigir reclamaciones contra la FIP en relación con la tenencia de Tokens, salvo las que deriven del cumplimiento de las obligaciones expresamente asumidas en los documentos rectores de la estructura.
3. Limitación de responsabilidad del PSAD y Estructurador. FINTECH AMERICAS, S.A. de C.V. (MONETAE) será responsable únicamente de la operación tecnológica, plataforma de negociación, custodia de Tokens, transmisión de órdenes y ejecución del rol de Mandatario Operativo, conforme a la normativa vigente y a sus términos y condiciones operativos. MONETAE no asume responsabilidad por el desempeño financiero del Activo Subyacente, ni por las decisiones de inversión de los Tenedores.
4. Limitación de responsabilidad del Administrador de la Emisión. HENCORP ACTIVOS DIGITALES, LTDA. actuará exclusivamente en el marco del Acuerdo de Administración de la Emisión, del Contrato de Cesión Abierta a su favor y del Contrato Multisignature, sin garantizar el valor del Activo Subyacente ni ofrecer protección frente a pérdidas derivadas del desempeño del mercado. Su responsabilidad se limita al ejercicio razonable de sus facultades de supervisión, firma del Multisig en operaciones de Aprobación Reforzada y canalización de los derechos económicos a los Tenedores.
5. Limitación de responsabilidad del Custodio Internacional. Alpaca Securities LLC actúa como broker-dealer y custodio regulado en los Estados Unidos de América, sujeto a la normativa de la SEC y FINRA. Su responsabilidad frente a la FIP se rige por los términos contractuales aplicables y por la normativa estadounidense, sin que ello implique responsabilidad directa frente a los Tenedores de Tokens.
6. Ausencia de responsabilidad por fluctuaciones de mercado. Ninguna de las entidades participantes será responsable por pérdidas derivadas de: (i) variaciones en el precio de la Acción Subyacente; (ii) condiciones de mercado; (iii) liquidez del mercado primario o secundario; (iv) eventos corporativos del emisor de la Acción Subyacente; (v) suspensiones de cotización, deslistes o eventos análogos; (vi) volatilidad del ecosistema blockchain o eventos atribuibles a la red sobre la que se emite el Token (incluyendo Hedera u otras redes adicionales); ni (vii) cualquier otro evento que afecte el valor económico del Token y que se encuentre fuera del control razonable de las entidades participantes.
7. Insolvencia del Emisor. En caso de insolvencia, quiebra o procedimiento concursal del Emisor, el proceso de liquidación será gestionado conforme a las leyes y regulaciones aplicables. La estructura de segregación patrimonial mediante la FIP está diseñada para preservar las Acciones Subyacentes como activos separados del patrimonio del Emisor, en beneficio de los Tenedores; sin embargo, la efectividad de dicha protección dependerá del reconocimiento de la estructura por las autoridades competentes en el procedimiento aplicable.
8. Gestión de incidencias operativas. Cuando existan errores operativos o de registro, fallas técnicas, diferencias de conciliación, rechazos o devoluciones por parte de terceros, operaciones duplicadas o incompletas, o cualquier otra situación que comprometa la integridad, seguridad o correcto funcionamiento de la plataforma o de las operaciones, MONETAE podrá suspender, rechazar, revertir, corregir o realizar los ajustes que resulten necesarios sobre las operaciones o registros afectados, con el fin de preservar la integridad del sistema, la Relación 1:1 y los derechos de los Tenedores. Dichas medidas se adoptarán conforme a criterios de razonabilidad y proporcionalidad, y se notificarán al inversionista cuando corresponda.
9. Dependencia de infraestructura y proveedores de terceros; fuerza mayor. Parte de los servicios prestados dependen de infraestructuras, sistemas y proveedores externos, incluyendo, sin limitarse a, bancos, procesadores de pago, custodios, brokers, redes blockchain, oráculos de precios y sistemas de compensación y liquidación. Las indisponibilidades, retrasos, ventanas de mantenimiento, interrupciones o fallas atribuibles a dichos terceros, así como los eventos de fuerza mayor o caso fortuito (incluyendo desastres naturales, cortes de energía o telecomunicaciones, ciberataques, actos de autoridad y conflictos), podrán afectar temporalmente la prestación del servicio sin que ello genere responsabilidad para el Emisor ni para MONETAE, quienes realizarán esfuerzos razonables para restablecer la operación a la brevedad posible.
XVI. Hechos Relevantes y Eventos Relevantes
Constituyen Hechos Relevantes o Eventos Relevantes, cuya ocurrencia deberá ser notificada a la CNAD y a los inversionistas en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados desde el conocimiento del mismo, entre otros:
1. Pérdida o ruptura de la Relación 1:1 entre Tokens en circulación y Acciones Subyacentes en custodia por Serie, no subsanada en los plazos operativos aplicables.
2. Desaparición, inaccesibilidad, deslistado, suspensión prolongada de cotización (trading halt) o pérdida de elegibilidad de la Acción Subyacente vinculada a una Serie.
3. Fusión, adquisición, escisión, transformación sustancial u otros eventos corporativos relevantes que afecten al emisor de la Acción Subyacente o al instrumento mismo.
4. Modificaciones sustanciales en las políticas operativas o régimen aplicable de Alpaca Securities LLC, la FIP o cualquier otro proveedor crítico de la estructura.
5. Activación, ejecución o procedimiento de venta protectora bajo el esquema Multisig de Aprobación Reforzada, instruido por el Administrador de la Emisión.
6. Ejecución o anuncio del ejercicio de la Opción de Recompra sobre la totalidad o porción sustancial de los Tokens en circulación de una Serie.
7. Eventos de ciberseguridad, fallas tecnológicas o brechas que comprometan la operatividad del Token, la integridad del sistema o la custodia provista por el PSAD o el custodio internacional.
8. Modificaciones materiales al régimen regulatorio aplicable que afecten la Emisión, su estructura o los derechos de los Tenedores.
9. Cualquier hecho material que pueda afectar la liquidez, negociación, valoración o valor razonable del Token, la integridad del Activo Subyacente o los derechos de los Tenedores.
La comunicación de los Hechos Relevantes se realizará a través de la plataforma MONETAE, del sitio web oficial del Emisor (https://monetae.io) y de los demás canales oficiales aplicables, sin perjuicio de los reportes formales a la CNAD conforme a la normativa vigente.
XVII. Restricciones de Venta y Cumplimiento Jurisdiccional
La distribución, comercialización y tenencia de Tokens Monetae Markets está sujeta a las siguientes restricciones de venta:
1. Residentes de El Salvador. La distribución de Tokens a residentes de El Salvador está estrictamente limitada a los PSAD registrados ante la CNAD.
2. Residentes en otras jurisdicciones. La venta o distribución a personas residentes en otras jurisdicciones solo podrá realizarse a través de PSAD registrados y autorizados en dichas jurisdicciones o en aquellas donde existan medidas preventivas ALD/CFT conforme a los estándares del GAFI.
3. Personas y entidades sancionadas. Los Tokens no podrán ser adquiridos, distribuidos ni mantenidos por personas o entidades sancionadas, ni a favor de éstas, ni por residentes de países incluidos en listas de sanciones internacionales, incluyendo: Naciones Unidas (Consejo de Seguridad), Lista negra del GAFI, OFAC (Estados Unidos), Unión Europea, SECO (Suiza), Oficina de Asuntos Exteriores del Reino Unido y restricciones legales de El Salvador.
4. Procesos KYC y debida diligencia. Es responsabilidad exclusiva de los inversionistas completar el proceso de registro y demás verificaciones de Conocimiento del Cliente (KYC) y debida diligencia requeridos por la plataforma del PSAD. El Emisor y demás participantes no serán responsables por la incapacidad del inversionista para completar dicho proceso ni por rechazos derivados de las evaluaciones del PSAD. El incumplimiento de estos requisitos podrá resultar en limitaciones para suscribir, negociar, redimir o administrar los Tokens.
5. Idoneidad del inversionista. El Emisor no tiene la obligación de evaluar la idoneidad de los Tokens para los compradores. Cada inversionista debe hacer su propia evaluación, consultando a sus propios asesores financieros, legales y fiscales, considerando los requisitos legales en su país de residencia, restricciones cambiarias y consecuencias fiscales aplicables.
Esta oferta no constituye una oferta disponible en ninguna jurisdicción en la que se considere ilegal.
XVIII. Modificación de Términos y Condiciones
Los presentes Términos y Condiciones podrán modificarse únicamente para reflejar ajustes operativos, regulatorios o estructurales que resulten necesarios para el adecuado funcionamiento del Programa, sin afectar de manera injustificada los derechos adquiridos por los Tenedores.
Cualquier modificación deberá ser:
• Aprobada formalmente por el Emisor.
• Notificada a la CNAD para su conocimiento y/o autorización cuando corresponda.
• Divulgada a los Tenedores mediante publicación en la plataforma MONETAE y en los canales oficiales del Emisor con un plazo mínimo de cinco (5) días hábiles antes de su entrada en vigor, salvo que la CNAD exija un plazo distinto.
En caso de reformas legales o regulatorias emitidas por la CNAD u otra autoridad competente, el Emisor ajustará los presentes Términos y Condiciones, notificando a los inversionistas dentro del plazo aplicable. Asimismo, la habilitación de nuevas Series mediante los respectivos Avisos de Habilitación por Serie no constituirá una modificación de estos Términos y Condiciones, sino una integración complementaria conforme a la estructura programática del Programa.
Evolución del servicio y cambios regulatorios
Sin perjuicio de lo anterior, el Emisor y MONETAE podrán modificar, habilitar o deshabilitar funcionalidades, procesos operativos, límites, parámetros y requisitos del servicio cuando resulte necesario para cumplir cambios regulatorios o requerimientos de autoridades competentes, atender políticas de gestión de riesgos, o en atención a la evolución natural y mejora continua de la plataforma. Tales modificaciones se informarán a los Tenedores por los canales oficiales conforme corresponda y no afectarán de manera injustificada los derechos económicos adquiridos.
XIX. Régimen Fiscal
La presente Emisión se beneficia de los incentivos fiscales establecidos en el Artículo 36 de la Ley de Emisión de Activos Digitales. En consecuencia:
• La adquisición en mercado primario o secundario de los Tokens no genera ningún tipo de impuesto.
• Los rendimientos pagados a los Tenedores se encuentran exentos de todo tipo de impuestos, gravámenes, tasas y contribuciones en El Salvador, incluyendo el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), Impuesto sobre la Renta e impuestos municipales.
• Las ganancias de capital o ingresos ordinarios derivados de la venta o transferencia de los Tokens, incluida la condonación de deudas, están exentos de impuestos en El Salvador.
• El PSAD no está obligado por ley a realizar ningún tipo de retención sobre pagos o transacciones realizadas en el marco de la presente Emisión.
Descargo de responsabilidad sobre asesoramiento fiscal
El Emisor no brinda asesoramiento fiscal. Se recomienda a los inversionistas que consulten a sus propios profesionales de impuestos para comprender plenamente las implicaciones fiscales de comprar, mantener o disponer de los Tokens conforme a sus circunstancias personales y a las leyes aplicables en sus respectivas jurisdicciones. Ni el Emisor ni ninguna de sus afiliadas asume responsabilidad alguna por el asesoramiento fiscal proporcionado por terceros o por el cumplimiento fiscal de los Tenedores.
XX. Resolución de Disputas, Ley Aplicable y Jurisdicción
1. Resolución de Disputas
El arbitraje servirá como mecanismo principal para resolver cualquier disputa, controversia, reclamo o diferencia que surja de o esté relacionada con los presentes Términos y Condiciones, la Emisión, la negociación o administración de los Tokens, o el Documento de Información Relevante. Las condiciones específicas del arbitraje (sede, idioma, reglas aplicables, número de árbitros) serán aquellas que las partes acuerden por escrito o, en su defecto, las que resulten de los procedimientos disponibles ante el centro de arbitraje correspondiente en la República de El Salvador.
2. Jurisdicción por defecto
Si las partes no acuerdan explícitamente un mecanismo específico de solución de controversias, se entenderá que acuerdan someterse a la jurisdicción exclusiva de los tribunales competentes de la República de El Salvador, sin perjuicio de los mecanismos administrativos de supervisión, requerimientos y procesos sancionadores que correspondan ante la CNAD.
3. Ley Aplicable
La presente Emisión, sus Términos y Condiciones, las relaciones contractuales entre el Emisor, los Tenedores y los demás participantes se regirán por las leyes de la República de El Salvador, incluyendo de manera especial:
• La Constitución de la República.
• La Ley de Emisión de Activos Digitales (LEAD) y su normativa secundaria, incluyendo el Reglamento de Registro de Emisores y Emisiones Públicas y Privadas y el Reglamento de Proveedores de Servicios de Activos Digitales.
• El Código de Comercio.
• El Código Civil.
• El Código Tributario y la Ley del Impuesto sobre la Renta.
• La Ley del Registro de Comercio.
• Cualquier disposición emitida por la Comisión Nacional de Activos Digitales (CNAD).
Sin perjuicio de lo anterior, los aspectos de la estructura que involucran a la FIP se rigen adicionalmente por las leyes de la República de Panamá en lo que respecta a la constitución, funcionamiento y régimen de la Fundación de Interés Privado; y los aspectos de custodia y ejecución de operaciones a través de Alpaca Securities LLC se rigen por la normativa estadounidense aplicable, incluyendo regulaciones de la SEC y FINRA.
4. Idioma
El idioma de interpretación jurídica de los presentes Términos y Condiciones será el español. En caso de existir versiones traducidas, prevalecerá la versión en español aprobada por el Emisor y registrada ante la CNAD.
XXI. Aceptación, Suscripción y Efectos Legales
El inversionista manifiesta su aceptación expresa de los presentes Términos y Condiciones, del Documento de Información Relevante y del Aviso de Habilitación por Serie aplicable mediante la confirmación electrónica realizada a través de la plataforma operada por FINTECH AMERICAS, S.A. de C.V. (MONETAE), previo a la adquisición de los Tokens.
La suscripción del Token se entenderá perfeccionada con la concurrencia de los siguientes elementos:
1. El pago efectuado por el inversionista a través de los medios autorizados por el PSAD.
2. La validación operativa por parte de MONETAE y la ejecución de la orden correspondiente.
3. La adquisición efectiva de la Acción Subyacente correspondiente por cuenta de la FIP a través de Alpaca Securities LLC (o el cruce contra liquidez existente en mercado secundario, según aplique).
4. El depósito de los Tokens en la billetera digital del inversionista dentro de la plataforma MONETAE.
La aceptación por medios electrónicos producirá los mismos efectos legales que la firma manuscrita conforme a la legislación aplicable de la República de El Salvador, incluyendo la Ley de Firma Electrónica y demás normativa pertinente. Cualquier operación posterior realizada por el inversionista (suscripciones adicionales, transferencias, redenciones o negociaciones en mercado secundario) constituirá ratificación de su consentimiento y adhesión a estos Términos y Condiciones, al DIR y al Aviso de Habilitación por Serie correspondiente.
Declaraciones Finales
1. El Emisor de los activos digitales es el único responsable del contenido del presente documento y del Documento de Información Relevante.
2. Los activos digitales objeto de esta oferta se encuentran asentados en el Registro Público de la CNAD. Su registro no implica certificación sobre la calidad del valor o la solvencia del Emisor.
3. Es responsabilidad del inversionista leer toda la información que contiene el presente documento y el Documento de Información Relevante.
4. Los activos digitales pueden perder su valor total o parcialmente, pueden no ser siempre negociables, pueden no ser líquidos, y la emisión solamente se enfoca en ciertos activos subyacentes específicos y no constituye una invitación para la venta de instrumentos financieros.
