ACCIÓN "RULETA BETURF RRSS"
TÉRMINOS Y CONDICIONES
1. Hipódromo Argentino de Palermo S.A., con domicilio en Avda. del Libertador 4101, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el "Organizador"), realiza la acción promocional denominada "RULETA BETURF RRSS" (la "Acción"), exclusivamente en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Acción estará vigente desde las 00:00 horas GMT-3 del sábado 5 de septiembre de 2026 hasta las 23:59 horas GMT-3 del jueves 31 de diciembre de 2026 (la "Vigencia General"), y se regirá por estas Bases y Condiciones (las "Bases"). Dentro de la Vigencia General, la Acción podrá activarse en las jornadas hípicas que el Organizador seleccione y que se desarrollen en el Hipódromo Argentino de Palermo (cada una, una "Jornada Promocional"). La activación, el horario de participación, las publicaciones y/o historias habilitadas y las consignas aplicables serán comunicados a través de las cuentas oficiales de BETURF. La falta de una comunicación específica implicará que la Acción no se encuentra activa para esa jornada. Podrá realizarse como máximo una instancia por Jornada Promocional y hasta cuarenta (40) instancias durante la Vigencia General.
2. Podrán participar, sin obligación de compra, depósito ni apuesta, las personas humanas mayores de dieciocho (18) años que se encuentren alcanzadas por el territorio de la Acción y que interactúen durante una Jornada Promocional desde una cuenta personal válida en Instagram y/o Facebook. Podrán intervenir tanto APOSTADORES REGISTRADOS en BETURF, incluidos usuarios activos, usuarios sin primer depósito y usuarios que ya hubieran realizado su primer depósito, como personas que todavía no posean una cuenta BETURF, siempre que, en caso de resultar seleccionadas, puedan completar el proceso de registro y verificación previsto en estas Bases.
3. Se entenderá por "APOSTADOR REGISTRADO" a toda persona que haya solicitado su registración en BETURF (www.beturf.bet.ar), haya superado el procedimiento vigente de verificación de identidad, edad y veracidad de datos y cuya registración haya sido aceptada por el Organizador para utilizar las funcionalidades de la plataforma. Cada persona podrá ser titular de una única cuenta BETURF.
4. Para participar, la persona deberá interactuar, dentro del horario anunciado para la Jornada Promocional, con los contenidos publicados en las cuentas oficiales de Instagram @beturf_ok y/o Facebook @Beturf. Serán válidas únicamente las acciones indicadas en cada comunicación, tales como comentar una publicación, responder una encuesta o historia, enviar un saludo, mensaje, fotografía u otro contenido solicitado, indicar "Me gusta" o compartir una publicación cuando esa interacción pueda ser técnicamente verificada por el Organizador. La interacción deberá permanecer disponible hasta que finalice el proceso de selección y validación de la jornada.
5. Cada persona tendrá una (1) participación por Jornada Promocional, con independencia de la cantidad de interacciones realizadas o de que participe desde ambas redes sociales. Si una misma persona utilizara más de una cuenta o perfil, se conservará únicamente una participación válida. Las interacciones múltiples no aumentarán las probabilidades de selección.
6. Las cuentas utilizadas deberán ser auténticas, estar bajo control de la persona participante y permitir la identificación y el contacto por mensaje privado. No serán válidas las participaciones provenientes de cuentas falsas, automatizadas, comerciales no autorizadas, duplicadas o creadas con el objeto de alterar la Acción; las generadas mediante bots, scripts o mecanismos masivos; las efectuadas fuera del período comunicado; ni aquellas cuyo contenido resulte ilícito, ofensivo, discriminatorio, violento, engañoso, contrario a derechos de terceros o incluya imágenes o datos de personas menores de edad.
7. Finalizado el período de participación de cada Jornada Promocional, el Organizador confeccionará la nómina de participaciones válidas y realizará, desde el predio del Hipódromo Argentino de Palermo, un sorteo digital y aleatorio. Se seleccionará, sin reposición, un (1) potencial ganador titular, un (1) primer suplente y un (1) segundo suplente. El procedimiento será documentado mediante registro interno, acta, captura, grabación o cualquier otro soporte que permita acreditar su realización. La presencia física de los participantes no será necesaria.
8. Si una Jornada Promocional cuenta con N participaciones válidas, cada participación tendrá una probabilidad de 1/N de resultar seleccionada como potencial ganador titular. Las posiciones de primer y segundo suplente se determinarán sucesivamente y sin reposición. La cantidad final de participaciones válidas dependerá de la interacción efectivamente registrada en cada jornada.
9. El resultado podrá ser anunciado por Lía Camps y/o por la persona que el Organizador designe a través del Circuito Cerrado de Televisión del Hipódromo, YouTube y/o las redes sociales oficiales. Independientemente de esa difusión, Atención al Cliente contactará en forma individual al potencial ganador mediante mensaje privado enviado a la cuenta desde la cual participó y, si ya fuera APOSTADOR REGISTRADO, también podrá utilizar los datos de contacto asociados a su cuenta BETURF. La persona seleccionada deberá responder dentro de las cuarenta y ocho (48) horas corridas desde el primer aviso y proporcionar los datos necesarios para validar su identidad y elegibilidad. Hasta completar esa validación será considerada únicamente "Potencial Ganadora".
10. Para recibir el bono, la Potencial Ganadora deberá ser o convertirse en APOSTADOR REGISTRADO y encontrarse habilitada para recibir beneficios promocionales. Si aún no tuviera cuenta, deberá iniciar el registro en www.beturf.bet.ar, completar la información y presentar la documentación requerida dentro de las cuarenta y ocho (48) horas corridas posteriores a la notificación. Se considerará cumplido el plazo cuando la persona haya enviado en término todos los datos y documentos que dependan de ella, aunque la revisión interna finalice posteriormente. Quien ya hubiera estado registrado deberá utilizar o regularizar su cuenta original y no podrá crear una cuenta adicional.
11. No podrán recibir el beneficio las personas menores de edad; autoexcluidas; inhabilitadas, bloqueadas o suspendidas conforme a la normativa o a los Términos y Condiciones de BETURF; quienes no superen la verificación de identidad o territorio; quienes hayan aportado datos falsos o inconsistentes; ni los empleados, directores o autoridades del Organizador, de las empresas vinculadas directamente con la implementación de la Acción y sus familiares directos. La participación no deja sin efecto las herramientas ni las restricciones de Juego Responsable aplicables a cada usuario.
12. Si el potencial ganador titular no respondiera, rechazara el beneficio o no cumpliera las condiciones dentro del plazo establecido, perderá automáticamente su condición y se contactará al primer suplente, quien dispondrá del mismo plazo de cuarenta y ocho (48) horas corridas. Si este tampoco resultara elegible, se procederá del mismo modo con el segundo suplente. Si ninguno de los tres pudiera ser validado, el Organizador efectuará un nuevo sorteo sobre la nómina de participaciones válidas de la misma Jornada Promocional, y repetirá el procedimiento hasta identificar un Ganador Validado. Las tareas de validación y adjudicación iniciadas durante la Vigencia General podrán concluir después de finalizada la jornada o la Vigencia General, sin admitir nuevas participaciones.
13. Por cada Jornada Promocional se realizará una (1) activación de la ruleta promocional desde el Hipódromo Argentino de Palermo. La ruleta podrá implementarse mediante soporte físico o digital, manteniendo en ambos casos tres resultados posibles de igual probabilidad. Será operada por Lía Camps o por la persona que designe el Organizador, en representación del potencial ganador, quien no necesitará encontrarse presente. El resultado quedará asociado a la Jornada Promocional. Si el titular no fuera validado, el suplente que corresponda recibirá
el mismo monto determinado originalmente, sin una nueva activación de la ruleta.
14. La ruleta determinará uno (1) de los siguientes bonos promocionales para apuestas de turf: $10.000.- (pesos diez mil), $15.000.- (pesos quince mil) o $20.000.- (pesos veinte mil). Cada resultado tendrá una probabilidad de un tercio (1/3), equivalente al 33,33%. Se adjudicará un (1) bono por Jornada Promocional efectivamente activada y hasta un máximo total de cuarenta (40) bonos durante la Vigencia General. El bono es personal, no transferible y no podrá ser sustituido por dinero en efectivo ni por otros bienes o servicios.
15. Una vez validada la elegibilidad, el bono será acreditado por el Organizador en la cuenta BETURF del Ganador Validado dentro de un plazo máximo de setenta y dos (72) horas hábiles. La acreditación se verá reflejada en la sección "Billetera de Bonos". La falta de cuenta verificada, el incumplimiento de los plazos o la existencia de una inhabilidad impedirá la acreditación y dará lugar a la aplicación del régimen de suplentes.
16. El bono no podrá retirarse directamente. Su valor se liberará gradualmente desde la "Billetera de Bonos" hacia la "Billetera de Efectivo" a razón del diez por ciento (10%) del monto de cada apuesta válida realizada con dinero real en productos de turf disponibles en BETURF. Por ejemplo, una apuesta válida de $10.000.- (pesos diez mil) realizada con saldo de efectivo liberará $1.000.- (pesos mil) del bono. Para liberar la totalidad de un bono de $10.000, $15.000 o $20.000, el Ganador deberá generar, respectivamente, un volumen de apuestas válidas de dinero real de $100.000.- (pesos cien mil), $150.000.- (pesos ciento cincuenta mil) o $200.000.- (pesos doscientos mil). Las apuestas anuladas, canceladas, reintegradas o realizadas en productos distintos al turf no computarán a estos efectos.
17. El bono deberá ser liberado dentro de los siete (7) días corridos posteriores a su activación. Vencido ese plazo, el saldo no liberado caducará automáticamente, sin derecho a reclamo. Si el Ganador tuviera otro bono activo y la plataforma admitiera la liberación secuencial, el premio de esta Acción quedará pendiente hasta la finalización o caducidad del bono anterior; en tal caso, el plazo de siete (7) días comenzará cuando el premio de esta Acción quede efectivamente activo. El Organizador comunicará cualquier condición operativa adicional aplicable a la secuencia de bonos.
18. Los resultados podrán comunicarse mediante las redes sociales oficiales, el sitio
www.beturf.bet.ar, el Circuito Cerrado de Televisión y/o YouTube, preservando los datos que no resulten necesarios para identificar razonablemente a los ganadores. El Organizador informará los ganadores y premios adjudicados dentro de los diez (10) días hábiles de cada Jornada Promocional y conservará durante tres (3) años la nómina de ganadores, la constancia de acreditación y la documentación relativa al procedimiento de selección, a disposición de la autoridad competente.
19. Quien envíe fotografías, videos, audios, mensajes u otros contenidos declara que cuenta con los derechos y autorizaciones necesarios para hacerlo y que dichos materiales no lesionan derechos de terceros. No deberán remitirse contenidos en los que aparezcan personas menores de edad. El participante autoriza al Organizador, en forma gratuita y no exclusiva, a reproducir y comunicar públicamente el contenido enviado únicamente en relación con la Acción, las jornadas del Hipódromo y la comunicación institucional de BETURF, durante la Vigencia General y hasta un (1) año después de su finalización.
20. La Acción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada con Instagram, Facebook o Meta. Al participar, cada persona libera a dichas plataformas de toda responsabilidad vinculada con la organización, administración o adjudicación de los premios. La información requerida para validar y entregar el beneficio será proporcionada al Organizador y no a Instagram o Facebook. La participación también se encuentra sujeta a las reglas de uso de cada plataforma.
21. Los datos personales, nombres de usuario, interacciones, imágenes y demás información obtenida serán tratados por el Organizador para administrar la Acción, validar la identidad y elegibilidad, contactar a las personas seleccionadas, acreditar los bonos, cumplir obligaciones regulatorias y difundir los resultados en los términos de estas Bases. La información será tratada conforme a la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N° 25.326 y demás normativa aplicable. El titular podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, actualización, supresión o bloqueo comunicándose al (011) 7701-7701, todos los días de 10 a 22 horas, o por correo electrónico a info@beturf.bet.ar. La Agencia de Acceso a la Información Pública es el órgano de control competente para atender denuncias y reclamos relativos a la protección de datos personales.
22. El Organizador podrá excluir, mediante decisión fundada, cualquier participación que no cumpla estas Bases o que presente indicios de fraude, suplantación, automatización, abuso o manipulación. No será responsable por fallas, demoras, restricciones de privacidad, interrupciones o cambios imputables a Instagram, Facebook, servicios de conectividad o terceros que impidan visualizar una interacción o contactar a una persona, sin perjuicio de las medidas razonables que adopte para preservar la transparencia del procedimiento.
23. El Organizador podrá modificar, suspender, reprogramar o cancelar la Acción por razones operativas, técnicas, regulatorias, de fuerza mayor o ajenas a su control, siempre que no se altere su esencia ni se afecten derechos adquiridos, y previa autorización de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. ("LOTBA") cuando corresponda. Toda modificación será comunicada por los mismos medios utilizados para difundir la Acción.
24. La participación en la Acción implica la aceptación íntegra de estas Bases, de los Términos y Condiciones generales de BETURF y de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, respecto de cualquier cuestión no prevista. En ningún caso podrá exigirse el canje, reemplazo o sustitución del bono por efectivo u otros bienes o servicios.
25. La interpretación, validez y cumplimiento de estas Bases y de los derechos y obligaciones emergentes se regirán por las leyes de la República Argentina. Para cualquier controversia derivada de la Acción, los participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.