Con la finalidad de evitar que tus comprobantes sean rechazados por SUNAT, solo se podrán hacer ventas que tengan de productos con el mismo IGV, es decir, no podrás realizar un comprobante con un producto que tenga el IGV de 10% y otro que tenga IGV de 18%.
Mensaje de error que mostrará en punto de venta (Ejemplo):
En caso uno de los productos tenga un IGV distinto, deberás realizar esa venta por separado.
¿Qué pasa con productos Icbper, exonerados o inafectos?
Para el caso de productos exonerados o inafectos, sí se podrá agregar al comprobante sin problema. Para los productos Icbper, sólo se podrá combinar con el IGV de 18%.
¿Qué pasa si tengo una cuenta guardada con ambos IGVs?
Tendrás que eliminar los productos que no coincidan. En caso lo quieras agregar, tendrás que poner el mismo IGV para todos los productos.