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Ejemplo Vacaciones Progresivas
Valentina Pereira avatar
Escrito por Valentina Pereira
Actualizado hace más de un mes

El beneficio de feriado progresivo o “vacaciones progresivas”, consiste en el derecho de todo trabajador a sumar un día de vacaciones, por cada 3 nuevos años trabajados para su actual empleador, siempre y cuando cuente con 10 años trabajados (120 cotizaciones previsionales) para el actual o anteriores empleadores. Esto esta establecido en el Articulo 68 del Código del Trabajo. https://www.suseso.cl/612/w3-propertyvalue-69499.html

Para poder disfrutar de un primer día de feriado progresivo, es necesario cumplir con los siguientes requisitos, los cuales son muy importantes:

a) Contar con una base de 10 años de trabajo, ya sea con el empleador actual o con empleadores anteriores.

b) Cumplir 3 años adicionales con el empleador actual.

Los días de feriado progresivo se suman de manera permanente al feriado anual del trabajador, aumentando un día cada 3 años, siempre y cuando no se cambie de empleador.

En caso de que el trabajador cambie de empleador, perderá los días de feriado progresivo y el tiempo trabajado solo se tendrá en cuenta para completar la base de 10 años con el nuevo empleador.

Sin embargo, al cumplir 3 años de antigüedad con el nuevo empleador, volverá a tener derecho a un primer día de feriado progresivo.

Ahora explicaremos un caso practico para un mejor entendimiento de la ley.

Si tengo un trabajador con la siguiente información:

Fecha de Inicio contrato el 01/12/2008

Fecha de Art 68: 01/12/2016

El tercer año el 01/12/2019 recién cumplirá todas las condiciones para ganar el primer día progresivo por lo que tendrá derecho a 15 días regulares + 1 días progresivo esto se mantendrá durante tres periodos el cuarto año 01/12/2020 tendrá derecho a 15+1; el quinto año  01/12/2021 tendrá derecho a 15+1; el sexto año 01/12/2022 como se ya pasaron 3 años del primer progresivo tendrá derecho a 15 días regulares + 2 días progresivos manteniéndose así durante 3 periodos mas, el séptimo año tendrá derecho a 15+2, y así sucesivamente. por lo que en este caso el trabajador tendría derecho a 7 días progresivos a la fecha actual del ejercicio.


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