Vacaciones en Zonas Extremas
Tienen derecho al feriado anual de veinte días hábiles contemplado en el inciso 2º del artículo 67 del Código del Trabajo los trabajadores que residiendo en la Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena
Es importante señalar que los empleados a los que se les asignarán las vacaciones deben tener activada la opción de Sueldo de Zona Extrema en su ficha de empleado. Para realizar esto le dejamos el siguiente enlace para hacerlo:
Una vez realizada esta configuración, el cálculo de vacaciones de 20 días para Zonas Extremas quedará habilitado automáticamente.
Para validar la configuración, dirígete a la siguiente ruta:
Contratación → Vacaciones → Gestión de Vacaciones
En la barra de herramientas estará disponible la opción "Asignar Configuración", identificada con el ícono +.
Al seleccionarla, se mostrará el listado de colaboradores que aún no cuentan con una configuración asignada. Selecciona el colaborador correspondiente y haz clic en "Siguiente".
En la siguiente pantalla se visualizará el ítem "Aplica Zona Extrema para Vacaciones", el cual aparecerá seleccionado y en color gris. Esto indica que la configuración ya fue realizada previamente desde la ficha del colaborador, por lo que no es necesario efectuar ningún cambio en esta pantalla.
Con esta configuración, el colaborador quedará incorporado al régimen de Zona Extrema, acumulando 1,44 días de vacaciones por cada mes natural trabajado.




