Tienen derecho al feriado anual de veinte días hábiles contemplado en el inciso 2º del artículo 67 del Código del Trabajo los trabajadores que residiendo en la Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena
Es importante señalar que los empleados a los que se les asignarán las vacaciones deben tener activada la opción de Sueldo de Zona Extrema en su ficha de empleado. Para realizar esto le dejamos el siguiente enlace para hacerlo:
Una vez hecho esto, para activar el cálculo de Vacaciones de 20 días en Zonas Extremas, debemos ir a:
Contratación (1) -> Vacaciones (2) -> Configuración (3)
-> Seleccionar Periodo (4)-> Seleccionar Empleado (5)
-> Tres Puntos (6) -> Editar (7)
Una vez ahí tildamos la opción de Aplica Zona Extrema para Vacaciones y Guardar
De esa manera al Empleado se le calcularán las Vacaciones en base a 20 días anuales y no a 15.