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Configurar tipo de documento 48, Vale comprobante pago medio electrónico.
Configurar tipo de documento 48, Vale comprobante pago medio electrónico.

Como crear y configurar el tipo de documento de código 48.

Luis Chacón avatar
Escrito por Luis Chacón
Actualizado hace más de 3 años

Para crear en tu empresa el tipo de documento 48, correspondiente a Vale de comprobante de pago medio electrónico, debes ingresar en: Configuración> Ventas> Tipos de documentos, y hacemos click en el botón "Nuevo".

Ahora debemos asignar un código identificador y un nombre para el tipo de documento a crear, debemos también seleccionar en el recuadro de "Documento SII" el tipo de documento de código 48.

En la sección inferior ingresamos el o los impuestos que considere el nuevo tipo de documento, y en caso que necesitemos que al emitir documentos se actualice el stock de los productos debemos seleccionar la casilla "Actualiza Stock de los productos" y luego seleccionamos el tipo de documento de inventario a generar.

Luego debemos configurar la definición contable para el nuevo tipo de documento, y para ello ingresamos en: Configuración> Ventas> Definición de comprobante contable, seleccionamos el tipo de documento y hacemos click en "Aceptar".

Procedemos a ingresar las cuentas, para el asiento por clientes, el asiento por impuestos y el asiento por ventas.

Luego de ingresar las cuentas hacemos click en el botón "Guardar".

De acuerdo con el artículo 54 de la LIVS, el “comprobante o recibo de pago electrónico” corresponderá a la “boleta electrónica de ventas y servicios”.

Dispónese que la misma regla aplique para las boletas de ventas y servicios en papel, cuando excepcionalmente la emisión en dicho formato se encuentre autorizada, así como para las boletas no afectas o exentas.

Si por error u otra circunstancia, un contribuyente duplica o emite, por una misma transacción, el comprobante de pago por medios electrónicos y la boleta de ventas y servicios electrónica, deberá emitir a su nombre una Nota de Crédito Electrónica de anulación que contemple el total mensual de estas operaciones a más tardar el día previo a la Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos Formulario 29 del periodo tributario correspondiente, con fecha de emisión del último día del mes de la emisión duplicada.

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